Borràs Pentinat, Susana, El control internacional de los tratados multilaterales de protección del medio ambiente. ¿Apariencias o realidades?, Edt. Tirant Lo Blanch, Valencia, 2013, 726 pp.

AutorEnrique J. Martínez Pérez
CargoProfesor Contratado Doctor (Acrd. Titular) de Derecho Internacional Público, Universidad de Valladolid
Páginas1-3
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. V Núm. 2 (2014): 1 – 4
- Recensió -
BORRÀS PENTINAT, Susana, El control internacional de los tratados multilaterales
de protección del medio ambiente. ¿Apariencias o realidades?, de S. Borrás Pentinat,
Edt. Tirant Lo Blanch, Valencia, 2013, 726 pp.
La observancia de las normas y obligaciones jurídico internacionales es una de
los cuestiones más problemáticas del Derecho internacional, sobre todo cuando su
objeto material son la protección del medio ambiente. De hecho, una de las carencias
que arrastra el sector del ordenamiento jurídico internacional que se ocupa de ellas (el
DI del medio ambiente) proviene precisamente del insuficiente grado de cumplimiento.
Para hacer frente a ello se han propuesto todo tipo de soluciones, sin mucho éxito por
ahora, lo que ha derivado en el desarrollo de nuevos mecanismos internacionales para
controlar la aplicación y el cumplimiento de las normas jurídicas que nacen de su
primordial fuente de producción normativa: los acuerdos multilaterales ambientales.
Dada la novedad de estos instrumentos, no era fácil encontrar en la doctrina estudios
relevantes en la materia. Ahora, con la publicación de esta obra, se colma una
importante laguna existente en la doctrina española y, se hace, además, de manera
amplia y rigurosa, como veremos a continuación.
El trabajo, que recurre a un enfoque horizontal, con un estudio amplio de los
regímenes ambientales más relevantes, se divide en cuatro capítulos. El primero de ellos
examina las particularidades de la regulación jurídica ambiental respecto a los
instrumentos de garantía internacionales, comenzando con una evolución de las
características y necesidades de este sector del Derecho internacional, con especial
atención al concepto de régimen ambiental, y terminando con los mecanismos de
control jurídico y no jurídico en el ámbito ambiental, entendiéndose estos últimos como
aquellas que se articulan al margen de las normas jurídicas y que son desarrollados por
investigadores científicos, las ONG o la opinión pública. Se afirma que estamos ante un
modelo innovador y en constante cambio, modulado por el principio de
responsabilidades comunes pero diferenciadas, que tiene como fin asistir a los países
con problemas de cumplimiento. Por consiguiente, estamos ante un mecanismo al

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