Borrador de normas de contabilidad aplicables a las fusiones y escisiones de sociedades publicado por el ICAC (BNCFE)

AutorLuis Fernández del Pozo
Páginas219-231
Anexo I. Borrador de Normas de Contabilidad aplicables
a las Fusiones y Escisiones de Sociedades
El borrador de Normas de Contabilidad
aplicables a las Fusiones y Escisiones de
Sociedades que se publica a continuación ha
sido elaborado por el Instituto de Contabili-
dad y Auditoría de Cuentas sobre la base de
las conclusiones del grupo de trabajo nom-
brado por Resolución de 15 de enero de
1991, del Presidente del Instituto de Conta-
bilidad y Auditoría de Cuentas.
Dicho borrador ha sido sometido al
Comité consultivo de este Instituto de Con-
tabilidad y Auditoría de Cuentas sobre el
que se realizaron diversas observaciones que
se han tenido en cuenta en la redacción final
del borrador de Normas de Contabilidad
aplicables a las Fusiones y Escisiones de
Sociedades que se publica a continuación.
INTRODUCCIÓN
1. Las fusiones y escisiones son opera-
ciones societarias complejas, desarrolladas
en los artículos 233 al 259 del Texto Refun-
cuya incidencia en las cuentas anuales debe
ser normalizada, tanto en lo que se refiere a
las sociedades fusionadas o escindidas como
a las sociedades que reciban todo o parte del
patrimonio de aquéllas e incluso a las empre-
sas que sean socios de unas y otras.
2. El principio de precio de adquisi-
ción, definido en el Plan General de Contabi-
lidad indicando que: «Como norma general,
todos los bienes y derechos se contabilizarán
por su precio de adquisición o coste de pro-
ducción. El principio del precio de adquisi-
ción deberá respetarse siempre, salvo cuando
se autoricen, por disposición legal, rectifica-
ciones al mismo; en este caso, deberá facili-
tarse cumplida información en la memoria»,
plantea la cuestión de la valoración de los
distintos elementos patrimoniales de las
sociedades fusionadas o escindidas.
Por otra parte, la aplicación de dicho prin-
cipio a la valoración contable de las inver-
siones financieras, participaciones en el
capital, de los socios de todas las sociedades
que intervienen en las operaciones de fusión
o escisión también requiere establecer reglas
concretas.
3. En aras de la normalización contable
es oportuno regular la información que debe
aparecer en las cuentas anuales de las
sociedades que están involucradas en un
proceso de fusión o escisión, así como de
los socios de las mismas. Esta regulación se
tiene que efectuar distinguiendo los diferen-
tes momentos en que se pueden encontrar
estos procesos, existencia de un proyecto,
aprobación de la operación por los órganos
competentes de las sociedades o culmina-
ción de la misma.
4. En la elaboración de estas normas se
han considerado distintas opciones desde la
óptica del principio del precio de adquisi-
ANEXOS

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