Bloque constitucional

AutorUnai Esquibel Muñiz

Hasta ahora hemos tenido ocasión de poner de manifiesto la delimitación, la especialidad y la naturaleza jurídica -incluyendo las consecuencias jurídicas que de la misma se derivan- de la figura que consagra el art. 16 RD 1006/1985, de 26 de junio y, que se conoce coloquialmente con el nombre de «cláusula de rescisión».

A partir de ahora, nuestro objetivo será distinto. Una vez delimitada la figura en el bloque primero, nuestra intención será en este segundo el poner en relación el precepto objeto de este estudio con otros, de distintas ramas del derecho, con el fin de delimitar los posibles puntos de fricción que con los mismos pudiera tener.

En este sentido, esta segunda parte se inicia con el que hemos denominado...

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