El blaqueo de capitales procedente de negocios ilícitos

AutorJosé Antonio Martínez Rodríguez
Cargo del AutorAbogado y Doctor en Derecho
Páginas36-43

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En relación con la actividad delictiva de la corrupción urbanística, existe vinculación con otros tipos delictivos a través de grupos de delincuencia económica62.

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Siguiendo la postura de SANZ MULAS63, podemos destacar como figuras delictivas, la prevaricación administrativa de los artículos 404 y 320 CP; el tráfico de influencias de los artículos 428 a 431 CP; la malversación de cau-dales públicos de los artículos 432 a 435 CP; los fraudes y exacciones ilegales de los artículos 436 a 438 CP; las negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos de los artículos 439 a 441 CP y el uso de secreto de la información privilegiada del artículo 442. Además de lo anterior, también hay que adicionar la desobediencia judicial al no paralizar las obras; estafas de masa agravadas; falsedades de documentos; administración desleal del patrimonio; maquinaciones para alterar el precio de las cosas; delitos contra el medio ambiente; y delitos contra la hacienda pública y el orden socioeconómico.

De todas estas figuras delictivas, donde mejor acomodo ha tenido el blanqueo de capitales, ha sido en el sector inmobiliario a través de grupos de delincuencia organizada, que utilizan la especulación inmobiliaria con el objeto de lavar el dinero negro procedente de negocios sucios. Esto no quiere decir que siempre que se produce el blanqueo de capitales su procedencia tenga su origen en actividades ilegales, pues se puede dar el caso de que existan flujos de capitales que tengan su procedencia de actividades legales, pero que a través de operaciones inmobiliarias interesen conseguir elusiones fiscales o ventajas fiscales ilícitas64. Sostiene BENITO SÁNCHEZ65, que la segunda

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causa de corrupción en el sector urbanístico es el blanqueo de capitales, dado que el dinero negro tiene una tendencia casi natural a refugiarse en el patrimonio inmobiliario, y que la inversión inmobiliaria es la técnica preferida por los blanqueadores en España.

Antes se ha apuntado de forma breve lo que se podía considerar blanqueo de capitales o bienes, conceptuándose el mismo como el proceso, o conjunto de operaciones mediante el cual, los bienes o el dinero resultante de actividades delictivas, ocultando su procedencia, se integra en el sistema económico y financiero. En nuestro país para referirse a estas conductas delictivas se utiliza la terminología de «blanqueo», aunque también se suele utilizar otra expresión como «lavado» o incluso «reciclaje». En Francia se utiliza la expresión «blanchiment de l`argent», en Portugal la de «branqueamento de capitais», en Italia, «riciclaggio», en Estado Unidos, «Money laundering» en Alemanía «Geldwäsche, en Austria, «Geldwäscherei».

Como norma general estas operaciones delictivas están inmersas en una criminalidad organizada, de ahí que DIAZ MAROTO Y VILLAREJO66, considere como delincuencia organizada, la asociación de tres o más personas para realizar, de forma permanente y reiterada, conductas que tengan como fin cometer determinados delitos entre los cuales está el blanqueo de capitales. Resultando este lavado de capitales el culmen de la peligrosidad criminal organizada, las mafias aunque operan en el campo del narcotráfico, también esa criminalidad organizada se mueve en otras actividades como pueden ser el tráfico de armas, obras de arte, prostitución, emigración clan-destina, extorsión, sector inmobiliario, etc.

En nuestro país el blanqueo de capitales está regulado en los artículos 301 a 304 del CP, incluido en el Capitulo XIV (dentro de la rúbrica «De la receptación y el blanqueo de capitales») del Titulo XIII del Libro II que se denomina «Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico».

Sentado lo anterior, a partir de ahora nos centraremos en la relación entre blanqueo de capitales y la actividad del sector inmobiliario, pues como hemos hecho alusión con anterioridad esta última actividad es uno de los mejores medios donde se puede lavar el dinero negro, que se origine en las

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actividades ilícitas de la delincuencia organizada. Estas conductas criminales cobran más gravedad si cabe, cuando son cometidas por autoridades, funcionarios públicos o cargos políticos a modo de cooperadores, o cómplices que pasan a integrarse en estos grupos organizados. Para una mejor compresión de la relación de la manera de lavar capitales sucios de procedencias ilícitas en el sector del inmueble, es la que efectúa el Instituto Andaluz de Interuniversitario de Criminología llamada «Hipótesis sobre la fase de la corrupción urbanística» y cuyos principales enunciados se basan en:

  1. En una primera fase se constataría que algunos promotores o constructores recibirían un trato de favor por...

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