Blanquer Uberos, Roberto: El Impuesto sobre el Valor Añadido en la profesión notarial. Edición de la Junta de Decanos de los Colegios Notariales de España, Madrid, 1986, un tomo de 220 págs

AutorFrancisco Corral Dueñas
Páginas1964-1967

    BLANQUER UBEROS, ROBERTO: El Impuesto sobre el Valor Añadido en la profesión notarial. Edición de la Junta de Decanos de los Colegios Notariales de España, Madrid, 1986, un tomo de 220 págs.

Hace poco he leído un buen libro de orientación profesional que trata de explicar a los estudiantes de Derecho cuáles son las funciones de los Notarios y Registradores, exponiendo las principales facetas teóricas y prácticas de ambas carreras de modo brillante y muy completo. Ahora queremos añadir que uno de los conocimientos más importantes que debemos tener en nuestro bagaje profesional es el relativo a la materia fiscal. Y lo es porque, aparte de que somos unos contribuyentes como los demás, nos relacionamos de modo directo con nuestros clientes precisamente en temas impositivos, de especial relevancia para ellos en cuanto atañen a sus bolsillos o economías no siempre boyantes.

Los Registradores somos, por Ley, liquidadores de los clásicos «Impuestos de Derechos Reales», que ahora se llaman de muchas otras y complicadas maneras; por ello tuvimos que aprendernos su normativa, primero Page 1965 para aprobar los ejercicios de la oposición de ingreso, y después también para «ingresar», pero en las arcas del Erario, los importes obtenidos en nuestras Oficinas Liquidadoras.

Los Notarios aprendieron los mismos temas para opositar y los aplican después para asesorar a sus clientes y conducirlos certeramente por los vericuetos fiscales. El documento es el fin de la función notarial, pero antes hay unos supuestos previos, unos estudios encaminados a encontrar el medio fiscal menos gravoso para los futuros otorgantes-sujetos pasivos.

Y así, entre la defensa a ultranza de sus clientes y la recta liquidación de los impuestos, Notarios y Registradores, con papeles concurrentes, aunque en apariencia contrapuestos, habíamos llegado a conseguir un equilibrio casi estable y una madurez práctica en la aplicación de las imposiciones reales. Para ello habíamos contado con frecuencia con la ayuda de nuestros compañeros que hasta hace poco se llamaron Abogados del Estado.

Pero los tiempos cambian y surgen nuevas normas, y es preciso saber adaptarse para seguir desempeñando nuestras actividades, siempre atentos a mejor servir a la sociedad y al tráfico jurídico, tal como la profesión nos pide. Y el cambio ha venido, en este caso, con la incorporación de España a las Comunidades Europeas, en las que ya estamos metidos. No entiendo de temas económicos y no puedo juzgar si eso de «estar en Europa» nos beneficia tanto como aseguran los técnicos y políticos con tonos triunfalistas. Lo único que sé, y por ser éste el tema a ello me ciño, es que de pronto nos ha caído un...

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