El bienio desconstitucionalizador

AutorRubén Pérez Trujillano
Páginas250-297

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Según Tuñón de Lara, los gobiernos radical-cedistas restauraron un perfil alto burgués con lazos en las élites del poder económico. Al igual que en el primer bienio, predominaban los abogados y los titulados universitarios. Pero esta vez se trataba de "aquellos otros abogados de bufete famoso que llegaron a entroncarse en la alta burguesía en la segunda mitad del siglo xix. No hay comparación posible entre ellos y un abogado de sindicatos, como Companys, un licenciado en Derecho, como Albornoz, etc."1 Hasta 1935, la vida política se había inclinado hacia la táctica de "penetración legal" y relativamente pacífica de la CEDA, mientras que seguía su curso la táctica golpista y decididamente violenta del BN, una coalición de monárquicos y fascistas fundada por Calvo Sotelo y Goicoechea en diciembre de 1934. En 1936 asumiría el lideraz-go de la derecha española tras la derrota cedista en las elecciones generales2.

En el ámbito internacional se constata una crecida dictatorial. En Estonia, el líder del partido agrario Konstantin Páts disolvió el Parlamento en 1934 apoyado en una legislación excepcional y la fuerza militar de Johan Laido-ner. La dictadura de Terra en Uruguay echó raíces con el texto constitucional del mismo año. A mediados de mayo Jánis Balodis conoció las mieles del autogolpe de Estado en Letonia. En Austria, cuya Constitución democrática de 1920 había dado paso a una república presidencialista y plebiscitaria tras las reformas de 1929, se impuso un Constitución corporativa en 1934 bajo el mando del dictador fascista Engelbert Dollfuss3. Un año después, la Italia de Mussolini daba su peculiar salto imperialista con la invasión de Etiopía. Sería insincero negar que el auge del fascismo con sus múltiples rostros influyese en las derechas españolas. Un dato basta: el líder de la CEDA, Gil Robles, se enteró de la caída del gobierno republicano-socialista mientras asistía al congreso del partido nazi en Núremberg (septiembre de 1933)4.

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El bienio radical-cedista echó mano de un modo sistemático de la LOP5 -mutada a través de nuevas normas y criterios interpretativos-, de la LVM -que reformó, desnaturalizando un tanto más sus preceptos6- y de la suspensión de garantías del art. 42 de la Constitución7. La abultada mayoría conservadora de las Cortes utilizó el principio mayoritario como espoleta para adulterar el procedimiento constitucionalmente establecido para suspender las garantías. La mutación resultante consistió en una extralimitación de funciones de la Diputación permanente, copada por representantes de los partidos derechistas. En concreto, dicho órgano entró a decidir sobre la prórroga de los estados de excepción ya declarados en supuestos de cierre -que no disolución- de las Cortes, cuando lo que el art. 42 ordenaba para esos casos era la reunión automática de las mismas8.

Con razón se ha escrito que la represión de las organizaciones obreras fue "la razón de existencia del gobierno Lerroux"9. Conocido de sobra es el titular popularizado por Vidarte, con cierto predicamento en alguna historio-

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grafía, para nombrar el período: "bienio negro"10. Otro autor lo ha expresado llamativamente: el bienio radical-cedista representó "el largo sabbat de la intolerancia"11. Y otro lo ha llamado directamente "bienio antirrepublicano", por decantarse jurídica y políticamente en contradicción abierta con los valores fundamentales de la Constitución de 193112. Según Sebastián Martín la LOP "fue la verdadera constitución desde la victoria de las derechas en noviembre de 1933"13. "Desde ese instante -había sostenido Largo Caballero con rotundidad- la República había muerto"14. Lluis Companys, presidente de la Generalidad, declaró en el Parlamento catalán: "La vida de la República está debilitada, la Constitución es una cosa inerte"15. No exageraba Ni-ceto Alcalá-Zamora cuando recordaba a las del segundo bienio como unas "Cortes reaccionarias" o "fernandinas", dedicadas a "la estéril negación de las derogaciones" de la obra legislativa precedente y a la agravación de los problemas y defectos de las Cortes Constituyentes16. Fernando de los Ríos lo había anunciado el mismo mes de las elecciones: se avecinaba "el ataque a fondo a la República, con un fascismo o con una restauración"17. Desde posiciones anarcosindicalistas, José Peirats valoró que el proyecto autoritario de Gil Robles hegemonizó el bienio a través de tres etapas: primero un gobierno "testaferro" con Lerroux al frente, después un gobierno "puente" de coalición radical-cedista y por último uno "específicamente reaccionario"18. El órgano de expresión de la CNT catalana recibió el triunfo electoral de la derecha como la aurora del totalitarismo: "El fascismo será dentro de pocos días una

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realidad sangrienta en España", dijo sin titubeos19.

Los conflictos de orden público guardaban, sin remisión, una íntima relación con la inestabilidad de los gobiernos de la República. De acuerdo con Villarroya, desde los primeros balbuceos del régimen republicano, el gobierno se había visto imposibilitado a cumplir con su función rectora de la vida política a resultas de la inestabilidad de los gabinetes, que se traducía en un déficit crónico de autoridad y eficacia. Baste con decir que hubo dieciocho gobiernos en algo más de cinco años de República. En 1935 la sucesión de ejecutivos experimentó un pico; la estabilidad fue una quimera20. "La convivencia civil durante la República -según el citado autor- no fue posible por razón del permanente estado de guerra civil latente provocado por las tensiones religiosas, regionales y sociales", mal planteadas "por unos y otros". Relatando una sucesión de desórdenes públicos ligados a los problemas sociales, religiosos y regionales21, a mi juicio lo que se está es constatando el fracaso de la política y la subsecuente centralidad de la violencia como instrumento de participación y de cambio político. Sin embargo, el razonamiento tiene un tinte grotesco. Por una parte, omite la larga tradición de uso de la violencia política en España, de la que la experiencia republicana no fue un caso aislado ni mucho menos el más acuciante22. Por otra, describe en términos bélicos la situación anterior y posterior al golpe de 1936 con el objetivo de equipararlas o incluso de presentar lo segundo como un desenlace lógico, algo que sencillamente es una falacia y, además, de las burdas, si se presenta al estilo de una

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situación de necesidad o fuerza mayor que demandase un acto en legítima defensa23. En fin, brinda un retrato desorbitado al hablar teleológicamente de la guerra civil, que pudiera parecer anecdótico de no ser porque a día de hoy es reproducido por cierta literatura.

Una de las primeras resoluciones del gobierno radical presidido por Martínez Barrio consistió en extender la consideración de "hechos de guerra" a aquellos en los que "resultaron muertos o heridos" desde que tuviera lugar la insurrección anarquista de diciembre de 193324. Este decreto resguardaba los intereses y derechos de los elementos de los institutos de orden público y sus familias -algo hasta cierto punto usual25-, pero a un alto precio debido a su carácter genérico: sembrarla percepción de acoso, si no directamente el imaginario guerracivilista, entre los mismos. Martínez Barrio fue también, ya en enero de 1934, el ministro de Guerra que instaló una interpretación gubernativa de la LOP del primer bienio en sintonía con la LOP de 1870 justo allí donde más daño podía causar a una concepción constitucional del orden público basada en la limitación civil del conato militarista: otorgando un amplio margen de maniobra a las autoridades militares en cuanto al modo y el contenido de los bandos dictados una vez declarada la ley marcial26.

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El gabinete radical promovió un proyecto de ley de amnistía, finalmente aprobado27, que en vez de conciliar estimulaba la conspiración contra la República. Townson ha escrito que "era una maquiavélica deuda contraída por Lerroux con los insurgentes de agosto de 1932", con los que estuvo confabulado28. La amnistía fue hasta cierto grado bien recibida por socialistas y anarquistas, que vieron en ella una forma de sacar a los suyos de las cárceles, aunque sus beneficios no alcanzaron a todos los anarquistas que protagonizaron la revolución de diciembre de 1933. Inflexible fue la crítica del PCE, que pedía "la amnistía de clase", que excluyera a los golpistas de 1932 y a los "verdugos" de la contrarrevolución, a los que "la amnistía para todos" premiaba29. Se mire como se mire, lo cierto es que el propio Sanjurjo fue puesto en libertad sólo un día después de aprobada la ley. Era el 25 de abril de 1934. El general permanecía en prisión después de que el gobierno lo hubiera dispensado de la pena de muerte impuesta por el Tribunal Supremo mediante sentencia de 25 de agosto de 1932. Gracias a la amnistía de Lerroux marchó a Estoril (Portugal) y se puso de inmediato a preparar un nuevo golpe de Estado30. Aunque benefició a presos anarquistas y a algunos de los condenados por el supuesto complot de Tablada31, no cabe duda de que la amnistía de 1934 recompensó a

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quienes habían conspirado contra la democracia reintegrándolos en los aparatos de Estado32.

Si éste fue el trato de favor hacia los condenados por sentencia firme a causa de su participación, era imaginable otra norma semejante en beneficio de los funcionarios a los que se había exigido responsabilidad administrativa por su actuación durante el golpe. El 13 de diciembre de 1934 se aprobó una ley, de nuevo bajo el impulso de Lerroux, cuyo fin era emprender una vía de revisión de las resoluciones administrativas de separación, jubilación, traslado y postergación acometidas de acuerdo con las leyes de depuración aprobadas el 11 y el 27 de agosto de 1932, las del 8 y el 9 de septiembre y, por...

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