Macklem, T., Beyond Comparison. Sex and Discrimination Cambridge University Press, Cambridge, 2003, 212 pp.

AutorCristina Monereo Atienza
CargoUniversidad de Málaga
Páginas499-500

Page 499

La igualdad sigue siendo uno de los temas estrella de la literatura jurídica. Con el Proyecto de Ley Orgánica de Igualdad entre mujeres y hombres (2006) vuelve a plantearse una cuestión controvertida que no acaba de encontrar una solución jurídica satisfactoria, capaz de acometer la solución a problemas sociales graves, arrastrados desde tiempo inmemorial y, por desgracia, todavía pendientes en un sistema supuestamente libre, igualitario y democrático.

Esta obra no plantea el clásico problema de la definición de la igualdad en su doble dimensión formal y material. Para ello ya existen importantes escritos que enfatizan la compatibilidad y la continuidad entre ambas vertientes 1. Su autor prefiere hablar desde una perspectiva distinta, y distingue igualdad en términos de comparación entre hombres y mujeres e igualdad en torno a lo que significa ser «mujer». Intenta colocarse, así, en la posición de la mujer respecto a un concepto que ha sido configurado casi exclusivamente por hombres.

Tanto la igualdad formal (igualdad ante la ley) como la igualdad material (entendida como igualdad en los resultados) han sido definidas desde una perspectiva unilateral que poco a poco, gracias a las luchas feministas, se ha ido readaptando a las reivindicaciones femeninas. Ya son de sobra conocidos los problemas de la igualdad formal como generalización y abstracción. En sus inicios, este tipo de igualdad no tuvo en cuenta las diferencias y finalmente se tradujo en la «exclusión» de amplios colectivos, entre ellos las mujeres, socialmente beneficiarias de un estatus subordinado que las relegaba a la vida privada familiar y las sustraía de la esfera pública 2. No obstante, son menos conocidos los estudios que también critican la actual definición de «igualdad material». La igualdad sustancial o material puede comprenderse no como igualdad de oportunidades sino como igualdad en los resultados, es decir, aquélla que reconduce todos los esfuerzos político-jurídicos a conseguir que de término todos dispongan de una igualdad calidad de vida o «vida digna» o, por utilizar la expresión de Macklem, una «vida exitosa» (successful life). La complicación se presenta al determinar qué ha de considerarse por esa «vida» o, si se prefiere, por esos «resultados».

En la literatura jurídica internacional de países como EEUU, Canadá, Suecia u Holanda se ha suscitado en las últimas décadas un importante debate sobre la manera más adecuada de equiparar hombres y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR