De Berlín a Buenos Aires: el trasplante del método de casos en Argentina

AutorEnrique Roldán Cañizares
Páginas383-416
DE BERLÍN A BUENOS AIRES:
EL TRASPLANTE DEL MÉTODO DE CASOS EN ARGENTINA
Enrique Roldán Cañizares
Universidad de Sevilla
Luis Jiménez de Asúa es conocido, no sin ciertos olvidos vergonzosos1, por
ser uno de los penalistas más importantes de habla castellana, amén de por
el desempeño de cargos de gran relevancia en el marco de la II República es-
pañola, tanto en suelo patrio, como en el exilio. No obstante, la gran vocación
del penalista madrileño no fue otra que la docencia, la cual estuvo muy pre-
sente a lo largo de su vida, incluso antes de que entrara en el mundo acadé-
mico con su primigenia Sentencia indeterminada. Este trabajo no solo sirvió
para que España entrara, por n, en la lucha de escuelas penales que llevaba
años desarrollándose en Europa, sino que dio pie a que, una vez formado en
Francia, Suiza y Alemania gracias a una beca de la Junta para Ampliación de
Estudios, Jiménez de Asúa comenzara a aplicar un método docente que se
alejaba del sistema implantado en la mayoría de los claustros universitarios
españoles.
Sin embargo, su relación con la enseñanza comenzó en el mismo instante
en el que se matriculó en los estudios de doctorado de la Universidad Central.
Los problemas económicos familiares, que ya provocaron que hubiera de ser
alumno libre durante gran parte de la Licenciatura, llevaron a que Jiménez
de Asúa buscara un trabajo que le permitiese huir de los apuros económicos
al tiempo que investigaba. Encontró el lugar perfecto en la Academia Matri-
tense de Derecho, donde además de explicar lecciones de Derecho penal, fue
requerido para la impartición de otras asignaturas, un hecho que no volvió
a darse a lo largo de su vida, siempre centrada en la enseñanza de aspectos
penales y criminológicos. Era la academia madrileña una “fábrica de prepa-
rar jóvenes ricos a n de que salieran boyantes en la prueba de los exámenes
1 Haber sido diputado del Partido Socialista durante las tres legislaturas de la II Repú-
blica, así como presidente en funciones de la misma entre 1962 y 1970 le valió la condena
al ostracismo por parte de la dictadura franquista. No obstante, la implantación del régi-
men de 1978 no supuso un amplio reconocimiento de sus labores políticas y penales, sino
que los actos celebrados en su honor fueron minoritarios y tardíos. Vid. Roldán Cañizares,
Enrique, Luis Jiménez de Asúa. Derecho penal, República, exilio, Madrid, 2019, pp. 16-19.
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de leyes”2, pero no dudó en emplear ocho horas de trabajo diario entre 1909
y 1910. Durante estos años, su docencia no se caracterizó por implementar
ningún sistema novedoso; simplemente, se limitó a desgranar el temario es-
tipulado mientras tenía la mente en la elaboración de su tesis doctoral, una
tarea en la que no pudo centrarse completamente hasta que en el año 1911 vio
descender la carga de trabajo que le amarraba a la Academia.
Un tribunal conformado por José María Valdés Rubio, Francisco Cueva
Palacio, Antonio Goicoechea y Quintiliano Saldaña fue el encargado de eva-
luar, con la calicación de sobresaliente, El sistema de penas indeterminadas
a posteriori en la ciencia y la vida, texto que le sirvió para obtener el título de
doctor el 15 de enero de 19133. El siguiente paso fue la solicitud de una pensión
a la Junta para Ampliación de Estudios que le permitiese investigar en Sui-
za junto con profesores como Alfred Gautier, Emil Zürcher o Ernest Hafter4.
Obtuvo la ayuda, que además le permitió hacer una breve estancia en París y
entrar en contacto con eminentes penalistas como Emile Garçon o Alfred le
Poittevin, trasladándose posteriormente a Suiza y residiendo unos diez meses
en tierras helvéticas. Cuando el periodo por el que estuvo becado fue tocando
a su n, Jiménez de Asúa volvió a España con la idea de pedir una ampliación
de la beca que le permitiese realizar una nueva estancia de diez meses en Ale-
mania, concretamente en el Kriminalistische Institut de Franz von Liszt5.
La ampliación fue concedida y rápidamente se trasladó a Berlín con el ob-
jetivo de aprender del maestro vienés. Sin embargo, poco más de dos meses
transcurrieron desde la llegada a la capital alemana y el estallido de la I Guerra
Mundial, por lo que se vio obligado a abandonarla de forma apresurada. Unos
largos trayectos de tren, jalonados de noches a la intemperie en estaciones
ferroviarias, le condujeron a Aquisgrán y Ámsterdam, donde nalmente pudo
embarcarse rumbo a la Coruña, lo que, tras varios días de viaje, le permitió
volver a una España que había optado por no inmiscuirse en la Gran Guerra6.
Del escaso periodo de dos meses se desprende que el contacto con von Liszt
fue fugaz; empero muy profundo. Fueron dos los grandes remanentes que
2 Jiménez de Asúa, Luis, La sentencia indeterminada. El sistema de temas indeter-
minadas “a posteriori”, Madrid, 1913, p. 24.
3 Jiménez de Asúa, La sentencia indeterminada, p. 25.
4 Expediente Junta para Ampliación de Estudios de Luis Jiménez de Asúa, JAE 81-
33, pp. 2-4.
5 Expediente Junta para Ampliación de Estudios de Luis Jiménez de Asúa, JAE, 81-
33, p. 9.
6 Araquistáin, Luis, El pensamiento español contemporáneo, Buenos Aires, 1962, p. 7.
LA MEMORIA DEL JURISTA ESPAÑOL
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quedaron del maestro en el joven doctor español: la política criminal creada
por von Liszt, tendencia criminal muy presente en sus primeros trabajos, y la
organización de la docencia en torno a seminarios, una metodología que caló
profundamente a Jiménez de Asúa y que fue clave en el sistema implemen-
tado a raíz de su ingreso como docente en la Universidad Central de Madrid.
1. La entrada en la Universidad y la inclinación por un nuevo sistema
Mientras franceses, alemanes y demás beligerantes hundían sus botas en
el barro europeo, Jiménez de Asúa volvía a España e ingresaba en la Uni-
versidad Central en calidad de profesor auxiliar interino de la cátedra de
Derecho penal, cargo que desempeñó desde el 24 de febrero de 1915. En el
mes de octubre fue reelegido en el cargo, comenzando a compaginarlo con
las prácticas de la cátedra de Antropología criminal, que dirigía Quintiliano
Saldaña7. Sin que esta carga docente fuera bastante para un penalista que
ya comenzaba a dar muestras de su gran capacidad productiva, también se
enroló en la Escuela de Criminología y en la Real Academia de Jurispruden-
cia y Legislación, donde impartió clases de Procedimiento penal y Derecho
penal, respectivamente8. Con el paso de los años, Jiménez de Asúa llegó a
dictar unas dos mil trescientas conferencias9, demostrando una soltura sin
igual frente a auditorios expectantes por oír sus palabras; sin embargo, la
primera ocasión en la que hubo de enfrentarse a un aula llena de alumnos
sacó a relucir todos los miedos del joven profesor. Para acceder al estrado,
había de entrar por una pequeña puerta superior que a su vez daba a unas
escaleras. Los nervios y el temor eran tales que no atinó a subir los escalones
de forma ordenada, debiendo gatear hasta que alcanzó la tarima, momento
en el que los nervios desaparecieron, pudiendo dictar su primera clase en la
Universidad madrileña10.
José María Valdés Rubio, quien había sido el catedrático de Derecho penal
de la Universidad Central, murió dejando vacante la cátedra. Ésta fue ocupa-
7 Expediente universitario de Jiménez de Asúa de la Universidad Central, AGUCM
P-0555, 7.
8 Sánchez de Palacios, Mariano, “Luis Jiménez de Asúa (1889-1970), Boletín del Ilus-
tre Colegio de Abogados de Madrid, 4 (1980), p. 98-102.
9 Serrano Butragueño, Ignacio, “Jiménez de Asúa en el vigésimo quinto aniversario
de su muerte”, Boletín del Ministerio de Justicia, 1995, p. 118.
10 Briel, Mercedes, “Algunos datos biográcos del maestro Luis Jiménez de Asúa”,
FPI, ALJA 458 –10, p. 55.

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