Bercovitz y Rodríguez Cano, Rodrigo, y Amorós Guardiola, Manuel: Prácticas de Derecho Civil. Departamento de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid. Madrid, 1977

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas879-882

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    BERCOVITZ Y RODRÍGUEZ CANO, RODRIGO, Y AMORÓS GUARDIOLA, MANUEL: Prácticas de Derecho Civil. Departamento de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid. Madrid, 1977.

Sería presuntuoso que intentara encuadrar el presente libro en esa serie de categorías que en forma dogmática o humorista son de todos conocidas, pues el título y, sobre todo, el prólogo enmarca el carácter práctico del mismo y su estricta finalidad. Pero si hago alusión a las clases de libros es porque hace poco uno de los autores del que recensiono contó una anécdota en torno a los libros y casas de citas que me hizo sonreír mucho y a la que le agregué la que en el prólogo de su magnífica obra Estudios jurídicos de arte menor hacía González Palomino: libros gordos y flacos, libros para ser enseñados y libros para enseñar, libros para ser citados y libros para citar (o de citas) y libros hechos y por hacer. ¡Qué pena que la juventud actual antes de iniciarse en el campo del ejercicio del Derecho no lea una o varias veces este prólogo!

En el año 1884, Manuel Torres Campos, ex bibliotecario de la Academia de Jurisprudencia y Legislación y del Ateneo de Madrid, decía en su maravilloso libro Nociones de bibliografía y literatura jurídicas de España que la bibliografía en la descripción de los libros. Responde a la necesidad de dar a conocer fácilmente las obras que existen sobre un asunto, y es una parte externa de la llamada «Historia literaria», que se propone exponer la cultura y el desenvolvimiento de la ciencia, reseñando sus direcciones y sus progresos.

Creo que ambos autores, en el fondo, vienen a tener razón, pues en esta recensión-bibliográfica voy a dar cuenta de la existencia o de la aparición de un libro para enseñar práctica jurídica sobre la materia, aunque la bibliografía pueda ser-como apuntaba González Palomino-una causa limitativa de la capacidad de obrar y discurrir. Aparte de la cita es necesario en esta recensión-según Eugenio d'Ors-detener el girar de una peonza, dando por bueno que el menester del crítico es el de analizar y hasta, si tanto se nos apura, el de disecar. Es decir, mi recensión no sólo es noticia, sino un análisis seguido de un proceso de síntesis

Y yo que he militado en las dos zonas-teoría y práctica-del Derecho, me encuentro «legitimado» para llevar a puerto ese doble proceso. Creo en la necesidad y en la eficacia de estos libros «prácticos» que recogen precisamente «casos prácticos» y creo en ellos, como creo en la vida misma que frente al arrollador impulso de mentalidades clarividentes se ve compensada por la tranquilizadora aportación de la experiencia.

El tema ahora tan de moda de las oposiciones (al igual que las revoluciones que se suceden en ciclos naturales más o menos distanciados, pasa con las oposiciones que ofrecen base polémica para desahogo de intelec-Page 880tuales y políticos) puede ser una buena prueba de la necesidad de libros de práctica jurídica. Recuerdo en mi época de preparador de opositores las grandes dificultades con las que tropezaba al abordar lo que yo llamaba la «etapa de la montaña». La mente acostumbrada a la disciplina del estudio teórico y reiterativo de los temas, sufría una auténtica prueba al tener que enfrentarse con una realidad, con el caso práctico o, lo que es lo mismo, con la aplicación de la teoría...

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