Beneficiarios

AutorManuel Jaén Vallejo - Ángel Luis Perrino Pérez
Cargo del AutorMagistrado - Fiscal
Páginas167-168

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La distribución de los recursos (que tendrá lugar mediante acuerdo de la Comisión de Adjudicación de bienes producto del delito, en el marco de los criterios que serán definidos anualmente mediante Acuerdo del Consejo de Ministros), se efectuará entre unos beneficiarios relacionados en el art. 16, cuya lista guarda cierta similitud con la prevista en la Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, esto es, en primer lugar la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos; cualquier órgano, organismo o entidad pública dependiente de la Administración General del Estado (para el desarrollo de programas o acciones relacionados con los fines previstos en el Real Decreto, incluidas las Oficinas de Asistencia a las Víctimas); las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales; las organizaciones no gubernamentales o entidades privadas sin ánimo

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de lucro, de ámbito estatal o de dos o más...

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