La Bayerischer Rundfunk y los trabajadores españoles en Baviera

AutorFrancisco José Montes Fernández
CargoEx-profesor Universidad Complutense
Páginas499-536
Anuario Jurídico y Económico Escurialense, L (2017) 499-536 / ISSN: 1133-3677
La Bayerischer Rundfunk y los
trabajadores españoles en Baviera
The Bayerischer Rundfunk and the spanish workers in Bavaria
Francisco José MONTES FERNÁNDEZ
Ex-profesor Universidad Complutense
fjmontes@telefonica.net
Resumen: Se trata de explicar la importancia que para el desarrollo
político, laboral y personal tuvieron las emisiones en español de la Bayerischer
Rundfunk en los trabajadores españoles que fueron a Alemania en los años
60 y 70 (República Federal o Alemania del Oeste) y sobre todo el trabajo de
dos hombres a los que la historia de la radiodifusión de España ha ignorado
prácticamente, José Moll Marqués y Manuel Moral García los dos redactores
y presentadores de las citadas emisiones.
Abstrac: This work tries to explain the importance of the Spanish
broadcasts of the Bayerischer Rundfunk for the political, labor and personal
development of Spanish workers who went to Alemanis in the 60s and 70s
(Federal Republic or West Germans) and specially the work of two men to
whom the history of Spanish broadcasting has practically ignored: José Moll
Marqués and Manuel Moral García, the two editors and presenters of the
aforementioned broadcasts.
Palabras clave: historia, política, sindicatos, radiodifusión sonora, emigración
Alemania, España, Bayerischer Rundfunk, Radio Nacional de España, José
Moll Marqués, Manuel Moral García.
Keywords: history, political, Trade Union, radio broadcasting, emigration,
Germany, Spain, Bayerischer Rundfunk, Radio Nacional de España José Moll
Marqués, Manuel Moral García.
Sumario:
I. Antecedentes históricos: la radiotelevisión alemana y los
“länder”.
FRANCISCO JOSÉ MONTES FERNÁNDEZ
AJEE, L (2017) 499-536/ISSN 1133-3677
500
II. La “Arbeitsgemeinschaft der Öffentlichrechtlichen Rund-
funkanstalten der Bundesrepublik Deutschland”, ARD,
(“Asociación de los Centros de radiodifusión de Derecho
público de Alemania”).
III. Organización de los programas.
IV. Financiación del servicio.
V. Las emisiones en castellano de la Bayerischer.
VI. Conclusiones.
VII. Bibliografía.
AJEE, L (2017) 499-536/ISSN 1133-3677
I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS: LA RADIOTELEVISIÓN ALEMANA
Y LOS “LÄNDER”
Para comprender mejor la organización de la radiotelevisión alemana,
que se aparta sensiblemente de las formas usuales de estructurar los medios
electrónicos de comunicación social a escala nacional, parece conveniente
tratar, siquiera sea superficialmente, el sistema político que rige Alemania y
del que tenemos mucho que aprender.
La fórmula federalista escogida por la República Federal Alemana en la
que se integró la República Democrática Alemana, formando la República
Federal de Alemania el 3 de octubre de 1990, consecuentemente con la formación
histórica de la comunidad política germánica, permite la existencia de un Estado
de Derecho integrado por varias naciones en cierta medida independientes, con
características religiosas y culturales peculiares. El Estado actúa como una
sola unidad de política exterior en la organización de la economía y las finanzas
y en otras actividades y funciones tan justificadas como los sistemas monetario,
de medidas y pesos, aduanas, ferrocarriles, tráfico aéreo, protección industrial
y de derechos y, por no hacer exhaustiva la lista, los Correos y el sistema de
telecomunicaciones; a estos últimos efectos, el Gobierno administra las frecuencias
de la radio y de la televisión y asegura el cumplimiento de los reglamentos
internacionales sin intervenir en otra explotación que las emisiones radiofónicas
dirigidas al exterior.
La Ley Fundamental de la República Federal de Alemania, de 23 de mayo
de 1949, que es así como se define su Constitución, ha sido modificada unas
60 veces1, define al propio Estado como una federación de “länder” (Estados
Federales), los cuales se conciben como pueblos unitarios vinculados por
razones históricas y culturales, por utilidad económica y por su estructura social.
Los “länder” pueden darse a sí mismos Constituciones propias y gobiernos,
aunque nunca en contradición con los principios determinativos de la Ley
Fundamental. Sus gobiernos proceden de elecciones independientes de las
1 GUNLICKS, A.B., The Länder and German federalism, Manchester University Press,
2003, p. 146

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR