Autorización previa para edificar

AutorMiguel Ricart Palau
Cargo del AutorAbogado

13.1. Solicitud de autorización previa

D. Álvaro I. D., mayor de edad, casado, agricultor, con domicilio en F., calle Corelli, número 1, y provisto del D.N.I. n.° ...

EXPONE:

1.° Que es propietario del solar sito en H., cuya situación y dimensiones se especifican en el plano que se adjunta, y se halla interesado en construir en dicho terreno una granja agrícola, según el anteproyecto que asimismo se adjunta.

2.° Que debido a la proximidad del citado solar con la carretera nacional CN ... -según se constata en el plano referido- es preciso para ejecutar obras en la zona en cuestión la previa autorización del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, tal como determina el articulo 23 de la Ley de Carreteras.

Por ello,

SOLICITA:

Que por parte de ese Ministerio se libre la preceptiva autorización previa a la concesión de la licencia municipal de obras correspondiente, y se remita al firmante a los efectos oportunos.

F., a ... de ... de ...

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES. MADRID.

13.2. Normativa aplicable

Constitución española

Art. 149. 1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

21.° ...; régimen general de comunicaciones; ...

24.° Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma.

Ley de Carreteras

Art. 23. 1. La zona de afección de una carretera estatal consistirá en dos franjas de terreno a ambos lados de la misma, delimitadas interiormente por la zona de servidumbre y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la explanación a una distancia de 100 metros en las autopistas, autovías y vías rápidas, y de 50 metros en el resto de las carreteras, medidas desde las citadas aristas.

  1. Para ejecutar en la zona de afección cualquier tipo de obras c instalaciones fijas o provisionales... se requerirá la previa autorización del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, sin perjuicio de otras competencias concurrentes y de lo establecido en el artículo 38.

  2. La denegación de la autorización deberá fundarse en las previsiones de los planes o proyectos de ampliación o variación de la carretera en un futuro no superior a diez años.

    Art. 27. 1. Los delegados del Gobierno y los Gobernadores civiles, a instancia o previo informe del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, dispondrán la paralización de las obras y la suspensión de usos no autorizados o que no se ajusten a las condiciones establecidas en las autorizaciones.

    Disposición final. El...

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