Régimen tributario y financiero de las Comunidades Autónomas. Comunidades Autónomas de régimen común.Valencia: tasas

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Normas

1) Ley 9/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana (DOGV de 31-12-01).

Ver Disposición.

2) Ley 10/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2002 (DOGV de 31-12-01).

(…)

Artículo 42. Tasas propias y otros ingresos de derecho público.

  1. Se incrementan para el año 2002 los tipos de cuantía fija de las tasas y restantes ingresos de derecho público no tributarios de la Hacienda de la Generalitat Valenciana, hasta la cantidad que resulte de aplicar el coeficiente 1,02 al importe exigible durante el año 2001, con excepción de los precios públicos, cuyas cuantías se fijarán, en su caso, por su normativa específica.

    Se consideran tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valora en unidades monetarias.

  2. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación a los siguientes ingresos:

    — A la tasa que grava los juegos de suerte, envite o azar, en su modalidad de gravamen sobre la explotación de máquinas y aparatos automáticos, que se exigirá durante el ejercicio 2002 por lo dispuesto en el artículo precedente de esta ley.

    — A las tasas cuya cuantía se modifica por la Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat Valenciana para el año 2002, que se exigirán en los importes establecidos en la citada ley.

    A la tasa por servicios académicos universitarios, que se exigirá de acuerdo con lo...

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