Comunidades Autónomas de régimen común. Canarias. Impuesto general indirecto Canario

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Normas

1) Orden de 9 de marzo de 2000, por la que se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2000 (BOC de 17-3-00. C.e. BOC de 10-4-00).

2) Orden de 5 de diciembre de 2000, por la que se aprueba el modelo 413 «Entidades Zona Especial Canaria-Declaración mensual» de declaración-liquidación del Impuesto General Indirecto Canario (BOC de 22-12-00).

3) Ley 6/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa (BOE de 14-12-00).

(…)

Disposición transitoria quinta. Supresión de las limitaciones en el derecho a deducir en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto General Indirecto Canario, en los supuestos de percepción de subvenciones para actividades de investigación, desarrollo o innovación tecnológica.

Lo previsto en la letra d) del tercer párrafo del número 21 del apartado uno del artículo 104 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y en la letra c) del cuarto párrafo del apartado 21 del número 2 del artículo 37 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, será aplicable respecto de los importes de las subvenciones que se perciban a partir de la entrada en vigor de esta Ley, incluso en los casos de subvenciones que hubiesen sido acordadas con anterioridad a dicha fecha.

(…)

4) Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para el año 2001 (BOE 30-12-2000).

(…)

Disposiciones Adicionales

(…)

Tercera. Reembolso del Impuesto General Indirecto Canario en las importaciones de bienes mediante agentes de aduanas.

El apartado decimocuarto del artículo 9 de la Ley 68/1991, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social, quedará redactado como sigue:

Decimocuarto. Reembolso del Impuesto General Indirecto Canario en las importaciones de bienes mediante agentes de aduanas.

A efectos del Impuesto General Indirecto Canario, en las importaciones de bienes realizadas mediante agentes de aduanas que hubiesen hecho efecto el pago de dicho impuesto por cuenta del importador, se aplicarán las siguientes reglas:

1.ª A los efectos de lo dispuesto en el artículo 31, número 2, de la Ley 20/1991, el único documento justificativo del derecho a la deducción de las cuotas satisfechas a la importación será el...

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