El autoempleo desde la discapacidad: medidas estatales para el establecimiento como autónomos de las personas con discapacidad

AutorGuillermo L. Barrios Baudor
Cargo del AutorCatedrático acreditado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social URJC
Páginas49-88

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1. Introducción

En el actual contexto socio-económico, uno de los colectivos especialmente afectados por la crisis es el de las personas con discapacidad. Teniendo en cuenta las particularidades en que se desenvuelve su vida cotidiana y las dificultades de integración en el mercado de trabajo, deben implementarse fórmulas imaginativas para evitar que el colectivo roce la exclusión social, y se materialicen los loables objetivos que se pretendían ya con la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de las personas con discapacidad (LISMI) y con la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, actualmente refundidas –con pequeñas modificaciones– en el actual RD Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social (LGDPD)1.

En los últimos tiempos se ha potenciado desde el ámbito legislativo la adopción de medidas de “emprendimiento”, y ello en la intención de modificar el tradicional contexto económico y socio-laboral en el que la integración en

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el mercado de trabajo (o el mantenimiento del mismo) se realizaba mediante mecanismos y medidas de fomento del empleo por cuenta ajena, a un contexto en el que la fórmula a experimentar es el autoempleo, incluyendo medidas que potencian el establecimiento como autónomos y la creación de empresas, y ello en la intención de que los nuevos “emprendedores” /trabajadores por cuenta propia, permitan a su vez fomentar el empleo por cuenta ajena.

El objetivo de este capítulo es examinar las medidas actualmente vigentes en materia de autoempleo de las personas con discapacidad, y ello no solo para examinar si las actualmente vigentes en el ámbito estatal son suficientemente eficaces como para permitir las nuevas fórmulas de integración en el mercado de trabajo de este colectivo, sino sobre todo para indagar las necesarias fórmulas de ajuste a las reivindicaciones no solo del colectivo de personas con discapacidad, sino también del colectivo de trabajadores por cuenta propia o autónomos del que puedan formar parte2.

2. Contextualización

Un examen de las medidas alternativas al empleo por cuenta ajena de las personas con discapacidad en el ámbito estatal, exige, en primer lugar, examinar el contexto en el que estas medidas se adoptan, concretar el colectivo al que se dirigen, y definir cuáles son éstas. Por ello, parece imprescindible estudiar, siquiera someramente, cómo afecta la actual crisis económica al colectivo de personas con discapacidad, para después identificar a dicho colectivo desde una perspectiva legal, y posteriormente definir qué haya de entenderse por autoempleo, concepto que exige, necesariamente, diferenciar el empleo por cuenta propia de figuras afines, incluyendo el análisis del concepto de “emprendedor”.

2.1. Crisis económica y empleabilidad de personas con discapacidad

No existen dos personas con discapacidad iguales como tampoco son iguales las enfermedades que padecen. Desde esta reflexión hay que señalar que no toda persona con discapacidad tiene idénticas oportunidades de empleo, y ello como consecuencia de que por las dolencias que padecen pueden no poder desempeñar trabajo alguno, siquiera liviano, y que como consecuencia del contexto económico-social en el que se desenvuelve su vida cotidiana, pueden tener

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menores oportunidades de empleo. Por otro lado, de entre el colectivo de personas con discapacidad que podría desempeñar un trabajo productivo –y que como se ha avanzado no son todas las que integran dicho colectivo–, no todas las personas pueden acogerse a fórmulas de autoempleo. La razón es múltiple:
1. Esta fórmula de integración en el mercado de trabajo exige en ocasiones una formación específica y especializada que no todas las personas con discapacidad pueden haber obtenido, bien porque sus propias dolencias les impiden adquirir la formación teórico-práctica que les permitiría el ejercicio de una profesión por cuenta propia, bien porque las tradicionales dificultades de acceso a la formación les han impedido obtener ésta.

  1. El autoempleo exige un determinado nivel de independencia que no todas las personas con discapacidad poseen, bien porque por las dolencias padecidas requieren de colaboración puntual o permanente para el desempeño de determinadas funciones –movilidad, por ejemplo–, bien porque como consecuencia del no cumplimiento de las medidas de integración real y efectiva de las personas con discapacidad –accesibilidad universal, por ejemplo–, tienen barreras físicas y de otro tipo que les impiden acogerse a fórmulas de autoempleo.

  2. Las particularidades que acompañan al colectivo de personas con discapacidad, y la generalidad de las medidas de fomento del autoempleo o del emprendimiento adoptadas, impiden que los objetivos legalmente establecidos y las medidas implementadas puedan ser acogidas por las personas con discapacidad, que en ocasiones no reciben ese plus de incentivación del empleo por cuenta propia que es necesario para hacer real y efectiva su integración en el mercado de trabajo.

Teniendo ello en cuenta, deben segregarse los datos para determinar cómo afecta la crisis económica a las personas con discapacidad, partiendo del hecho de que no todo el colectivo de personas con discapacidad puede desempeñar un trabajo productivo por cuenta propia o ajena, concretando los datos de cuáles son las tasas de desempleo de las personas con discapacidad que pueden acceder al mercado de trabajo, para concluir delimitando cómo afecta la crisis económica al colectivo de personas con discapacidad que pueden autoemplearse.

No existen datos actualizados sobre la incidencia de la crisis económica en el colectivo de personas con discapacidad, ya que los últimos son los que se recogen en el Informe del Instituto Nacional de Estadística sobre “El empleo de las personas con discapacidad 2012”3, si bien dichos datos podrían ser extrapolables al contexto actual con determinadas variaciones.

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Teniendo en cuenta que en el año 2012, 1.450.800 personas en edad de trabajar4disponían de un certificado de minusvalía (4,8% de la población total en edad laboral), señala el Informe que la tasa de actividad5del colectivo de personas con discapacidad es del 36,6%, es decir, casi 40 puntos inferior a la de la población sin discapacidad6. En relación con el género, la tasa de actividad de las mujeres es del 33,5%, mientras que la de los hombres es de un 39,2%. Por tipo de discapacidad, la tasa de actividad de las personas con discapacidad auditiva es del 57,4%, convirtiéndose en el colectivo con mejores posibilidades de integración en el mercado laboral, mientras que la de personas con trastorno mental es del 27,1%, siendo el colectivo más afectado. Por grado de discapacidad, la tasa de actividad de las personas con discapacidad en grado superior al 75% es de tan solo el 13,3%, mientras que la de quienes tienen un grado de discapacidad inferior al 45% es del 54,1%. Añade el Informe que en el caso de personas con discapacidad y estudios superiores, la tasa de actividad supera en más de 20 puntos a la media, y que 8,8 de cada 10 trabajadores con discapacidad, son asalariados.

Partiendo de estos datos, se constata que actualmente de las personas con discapacidad que podrían desempeñar trabajos productivos, tan solo un poco más de la cuarta parte se encuentra activa, es decir, en situación de búsqueda de empleo y de integración en el mercado productivo, bien como trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, existiendo una prioridad del colectivo por el trabajo por cuenta ajena (quizá teniendo en cuenta el mayor número de medidas de fomento del empleo por cuenta ajena, y las medidas de acción positiva dirigidas dicho colectivo, incluyendo las cuotas de reserva), de lo que se deduce que las medidas de fomento del autoempleo y emprendimiento del colectivo de personas con discapacidad, irán dirigidas a un reducido grupo de población, sin que ello minimice la importancia de dichas medidas teniendo en cuenta que la tasa de paro azota con mayor fuerza a dicho colectivo al superar en 8,1 puntos...

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