Aumento de capital social de SA laboral no adaptada, cierre del registro, forma de adaptación

Páginas101-102

Resumen: No son inscribibles acuerdos de una SAL mientras no se adapten sus estatutos a su ley reguladora o se solicite del registrador la calificación de los estatutos inscritos para verificar si alguno de ellos está o no necesitado de adaptación.

Hechos: Se trata de una escritura de aumento de capital y modificación de estatutos de una sociedad laboral. La escritura que documenta los acuerdos viene acompañada de una certificación de la Consejería competente en la que consta que el aumento no afecta al carácter laboral de la sociedad, si bien se le recordaba al interesado “la obligación de adaptación de estatutos establecida para las sociedades laborales -pendiente en la actualidad para esa sociedad concreta- en la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas”.

El registrador suspende la inscripción “hasta que se presente, para su inscripción simultánea, el documento en virtud de la cual se adecue sus estatutos sociales a la legislación vigente, acompañado del correspondiente certificado” de inscripción en el Registro de Sociedades Laborales (Disposición Transitoria Segunda y art. 4 de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas).

El interesado recurre y alega que la nota del registrador no concreta los artículos que deben ser modificados y en todo caso, a su juicio, “ninguno de los artículos de sus Estatutos precisa de ser adaptado”.

Resolución: La DG desestima el recurso.

Doctrina: Para la DG la DT2ª de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, pues la falta de inscripción de la adaptación de los estatutos sociales a lo establecido en dicha ley determina el cierre registral de la hoja de la sociedad.

Reconoce la DG que el registrador debe “expresar los concretos preceptos estatutarios que estuvieran en contradicción con la ley” pero eso será cuando se presente, la escritura de adaptación de estatutos o, previa solicitud de la sociedad interesada, en la calificación de los estatutos inscritos a los efectos de determinar la necesidad o innecesariedad de la adaptación”.

Comentarios: Es muy interesante esta...

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