La difusión de contenidos audiovisuales y la comunicación pública en el entorno emergente de la convergencia (1ª parte)

Páginas151-168
  1. INTRODUCCIÓN

    La convergencia puede visualizarse como un proceso evolutivo, que como tal varía con el tiempo, en el que se produce la aproximación entre sectores distintos, la mezcla e integración de los mismos y, eventualmente, se produce la creación de elementos nuevos que no existían anteriormente. Este proceso puede llegar hasta crear un sector global, el llamado «hipersector de la información y las comunicaciones», en el que confluyen sectores hasta entonces separados, los cuales llegan a tener, entendidos desde la convergencia, objetivos, características y elementos comunes. Los sectores implicados en este proceso son las comunicaciones 1, los nuevos servicios telemáticos 2 y el audiovisual 3 El sector de comunicaciones cubre todos los aspectos relativos a la necesidad de enviar y recibir información a distancia por medios técnicos. El sector de los servicios telemáticos emergentes se ocupa de la necesidad del intercambio de información, específicamente del tipo datos, y basándose en nuevos paradigmas de redes y servicios. Por último, el sector audiovisual se encuentra relacionado con la creación, difusión e intercambio de información fundamentalmente destinada a ser usada y consumida de manera audiovisual.

    Entre los diversos aspectos nuevos e interesantes que suscita el entorno emergente resultado de la convergencia, se encuentra todo lo relativo a los derechos sobre la difusión de contenidos. Este tema es particularmente atractivo, además de las incertidumbres que plantea, por dos hechos concretos. El primero es que en este juego lo que aparentemente puede tener más valor añadido en un futuro son precisamente los contenidos. De ahí el interés en su revisión. En segundo lugar, la consideración de los derechos sobre los contenidos es realmente algo propio del entorno emergente de la convergencia y obliga a plantearse el nuevo sector resultante como un todo en el que están presentes las más diversas posibilidades técnicas, económicas y regulatorias.

    En los siguientes apartados se examinan desde un punto de vista técnico los esquemas de difusión existentes, tanto los tradicionales como los propios del nuevo entorno emergente, para a continuación estudiar el concepto de comunicación pública del artículo 20 de la Ley de propiedad intelectual y sus diferentes apartados con el fin de encajar los esquemas técnicos de difusión en los esquemas legales de la comunicación desde la perspectiva de los derechos de autor y derechos afines sobre los contenidos.

  2. EVOLUCIÓN DE LOS ESQUEMAS DE DIFUSIÓN TRADICIONALES

    Los esquemas de difusión de contenidos audiovisuales, entendidos en un sentido amplio, que existen o aparecerán en un futuro próximo son:

    • Televisión terrenal o por ondas terrestres.

    • Televisión por satélite.

    • Televisión por cable o similar 4.

    • Televisión por LMDS o similar 5.

    • Servicios convergentes, típicamente sobre Internet, como el webcasting.

    La figura 1 muestra algunos de estos esquemas de difusión de contenidos audiovisuales. En concreto a través de la figura se pueden ver los cambios que introduce la digitalización (integración de audio, vídeo y datos y canal de retorno) frente a un esquema tradicional como el de la difusión de televisión convencional analógica.

    2.1. Televisión Terrenal

    La televisión terrenal ha sido, y probablemente durante algún tiempo más seguirá siendo, el esquema tradicional de difusión de contenidos audiovisuales. La figura 1 muestra el actual esquema de difusión de televisión basado en tecnología analógica. También existe un esquema analógico tradicional para la difusión de audio, radiodifusión convencional, que conceptualmente no difiere del correspondiente a la televisión.

    La escasez del espectro radioeléctrico disponible ha sido una de las razones históricas para la regulación de la difusión de audio y vídeo. Ya que había un recurso escaso, era necesario seleccionar a los difusores para mantener los objetivos políticos y sociales de la difusión de contenidos. La digitalización, con su capacidad de compresión y consiguiente aumento de canales, y la llegada de los servicios convergentes hacen cada vez más innecesaria la regulación basada en la administración de un recurso escaso. Sin embargo, hoy mismo estamos asistiendo al posicionamiento (competencia, colaboración) de los agentes relevantes de la televisión terrenal en función de esta escasez mencionada.

    La salvaguarda del pluralismo y la diversidad de fuentes de información y opinión ha sido otro de los objetivos tradicionales de la regulación del audiovisual tradicional. Esta meta, en un entorno de recursos escasos, es de difícil cumplimiento, siempre con una cierta tendencia hacia los «oligopolios de información». Otros procesos difíciles son la adjudicación de licencias, que siendo escasas, son siempre criticadas por falta de transparencia, o la convivencia de esquemas de acceso y de negocio diferentes como, por ejemplo, acceso en abierto frente a acceso condicional (televisión de pago).

    La regulación tradicional de la difusión audiovisual terrenal también ha impuesto requisitos sobre la cobertura de una región y la calidad de la recepción.

    También los gobiernos de numerosos países han subvencionado la difusión pública de audio y vídeo en el convencimiento de que un esquema puramente comercial, con un número escaso de licencias, no sería suficiente para atender a la diversidad cultural de todos los sectores de una comunidad.

    Otro factor limitador en cuanto al número de licencias es debido al reparto de la «tarta publicitaria». El mercado de publicidad en una sociedad desarrollada ha llegado a una cierta madurez y no experimenta variaciones importantes, más allá de las debidas a los ciclos económicos. Por tanto, las cadenas de televisión, por ejemplo, tienen que repartirse la parte correspondiente de este mercado de publicidad. La entrada de un nuevo competidor puede afectar muy notoriamente a la rentabilidad del resto de operadores. En el caso de España, se ha argumentado varias veces que el número de cadenas (difusores tradicionales) que pueden ser rentables está en el entorno de tres a cinco, dos a cuatro estatales y una o ninguna autonómica. La forma de evitar esta limitación pasa por ofrecer otro tipo de televisión (calidad y acceso condicional) u otro tipo de servicios (televisión por cable e inalámbrica).

    El único otro esquema de negocio posible en la difusión convencional analógica es la televisión de pago. Los datos económicos muestran que, al menos en España y hasta el año 1998, antes de la transición a sistemas equivalentes digitales, este esquema produce resultados económicos, en el sentido de beneficios, muy superiores a los del reparto de la tarta publicitaria.

    Como conclusión de lo señalado en los párrafos anteriores no son de extrañar, por tanto, los movimientos de los difusores ha-

    cia esquemas de negocio que no se basen exclusivamente en publicidad 6.

    La visión actual del papel del regulador le lleva a ser un garante de las condiciones de competencia entre los agentes de un cierto sector para que sean justas, equitativas y no discriminatorias. De lo mencionado en los párrafos anteriores se desprende que un...

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