La audiencia nacional nos da la razón

AutorPedro Merry
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Solamente unos días después de que saliera a la luz el último número de nuestro Boletín, en el que tuve ocasión de lamentar la chocante situación ofrecida por las empresas de resúmenes de prensa, la Audiencia Nacional dictó la sentencia de 8 de febrero de 2008.

La Audiencia Nacional acaba de dar un gran paso más para zanjar la histórica polémica entre editores y empresas de press clipping. Desde hace años, los primeros venían rechazando la actividad de las segundas, consistente en hacer resúmenes de prensa mediante recopilaciones literales de artículos y otros contenidos editoriales previamente publicados por aquéllos, una actividad que, evidentemente, reducía su número de ejemplares vendidos. En efecto, la Audiencia, en su sentencia de 8 de febrero de 2008 bendice, al fin, el intento de las editoriales, de gestionar de manera centralizada -léase vender a través de una ventanilla única- los contenidos que se utilizan para hacer clipping.

La sentencia corrige el criterio del Tribunal de Defensa de la Competencia, que denegó la autorización solicitada por algunas de las editoriales de prensa más relevantes para centralizar el suministro por precio de los contenidos editoriales a terceros. Se intentaba destruir así el limbo legal en el que se refugiaban las empresas de press clipping, amparadas en la laxa redacción legal del derecho de cita, cuya regulación se limitaba, antes de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual de 7 de julio de 2006, a establecer que las recopilaciones periódicas en forma de reseñas tendrían la consideración de citas, y por lo tanto...

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