Artículo 9, Ap.1, h) Comunicación del domicilio

AutorFuentes Lojo
Cargo del AutorAbogado
I TEXTO LEGAL

Artículo 9 . 1. Son obligaciones de cada propietario:

...

h) Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones. En defecto de esta comunicación se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad, surtiendo plenos efectos jurídicos las entregas al ocupante del mismo.

Si intentada una citación o notificación al propietario fuere imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colo cación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto, con diligencia expresiva de la fecha y motivos por los que se procede a esta forma de notificación, firmada por quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, con el visto bueno del pre sidente. La notificación practicada de esta forma producirá plenos efectos jurídicos en el plazo de tres días naturales.

II COMENTARIO Y PROBLEMÁTICA

El apartado h) del artículo que comentamos, constituye una novedad. Su preceden te hay que buscarlo en la Ley de reforma de la propiedad horizontal de 1988.

Comentando este apartado y el siguiente, G ÓMEZ DE LA E SCALERA (>, en Sepin enero 2001) dice, en síntesis: a) Cuando los copropietarios del piso o local no se opongan de acuerdo sobre cuál debe ser el domicilio para citaciones y noti ficaciones y señalen mas de un domicilio a estos efectos, el supuesto debe equipararse a la situación de falta o defecto de comunicación del domicilio y, por consiguiente la Comunidad deberá practicar las citaciones y notificaciones en el propio piso o local, en los terminar señalados en el inciso segundo del artículo 9.1 h) de la ley, pues no parece que la Comunidad puede elegir libremente de entre todos ellos; b) Las citaciones y noti ficaciones pueden llevarse a cabo en la forma que se tenga por conveniente con tal de que la utilizada permita acreditar que la comunicación fue recibida por el destinatario;

  1. La exigencia de que el domicilio elegido tenga que situarse en España determina que si el propietario comunica un domicilio que no cumple este requisito, el supuesto debe equipararse al supuesto de falta o defecto de comunicación; d) El carácter supletorio y...

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