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- Nuevos Comentarios Al Reglamento FIFA. Con Análisis de Jurisprudencia de la DRC y Del TAS
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Artículo 6 periodos de inscripción
Autor | Juan de Dios Crespo Pérez - Ricardo Frega Navía |
Páginas | 43-46 |
Page 43
"1.- Un jugador podrá inscribirse durante uno de los dos periodos anuales de inscripción fijados por la asociación correspondiente. Una excepción a esta regla la constituye el jugador profesional cuyo contrato ha vencido antes del fin del periodo de inscripción y quien podrá inscribirse fuera de dicho periodo de inscripción. Las asociaciones están autorizadas para inscribir a tales jugadores profesionales siempre que se tenga en consideración la integridad deportiva de la competición correspondiente. En el caso de que exista una causa justificada para la rescisión de un contrato, la FIFA podrá adoptar medidas provisionales a fin de evitar abusos, conforme al art. 22.
-
- El primer periodo de inscripción comenzará tras la finalización de la temporada y terminará, por regla general, antes del inicio de la nueva temporada. Este periodo no debe durar más de doce semanas. El segundo periodo de inscripción comenzará a mediados de temporada y no deberá durar más de cuatro semanas. Los dos periodos de inscripción de la temporada deben comunicarse a la FIFA, al menos con 12 meses de antelación antes de que entren en vigor. La FIFA fijará las fechas de los periodos de cualquier asociación que no los comunique.
Page 44
3.- Los jugadores solo podrán inscribirse - sujetos a la excepción prevista en el art. 6, apdo.1 - si el club somete una solicitud a la asociación correspondiente durante un periodo de inscripción.
-
- Las disposiciones sobre los periodos de inscripción no se aplican a las competiciones en las que participan sólo aficionados. Para tales competiciones, la asociación correspondiente establecerá los periodos de inscripción de los jugadores, teniendo en cuenta la integridad deportiva de la competición en cuestión".
Los periodos de inscripción, a los que se refiere este artículo, no presentan una problemática que se haya podido ver refiejada en jurisprudencia de FIFA o del TAS, ya que se fija que las asociaciones serán las que habrán de indicar los dos periodos que se permiten y que son los únicos durante los cuales se puede permitir que un jugador obtenga la inscripción de su licencia en un club determinado.
Sin embargo, es de mucho mayor interés la excepción a esta regla general, y parece que, con la misma, FIFA toma nota de la cada vez mayor cantidad de futbolistas en el paro y que un sistema estricto de inscripción podría dejar fuera de juego contractual.
De esa forma, se permite que un profesional (aquí ya no hay...
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