Artículo 547

AutorJuan Roca Juan
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Civil y Abogado

En lo relativo a este precepto del artÌculo 547 hago remisiÛn a lo ya comentado en el artÌculo anterior y en la SecciÛn segunda de este TÌtulo, puesto que el precepto, aun colocado en esta SecciÛn, es tambiÈn aplicable a los modos de constituciÛn por prescripciÛn adquisitiva.

Si la prescripciÛn de la ´formaª de prestar la servidumbre se prescribe como la servidumbre misma ´y de la misma maneraª, la explicaciÛn del autor de las Concordancias del Proyecto de 1851 parece perfectamente aceptable, puesto que si la ejercita ´en m·sª de lo que su tÌtulo autoriza adquiere por prescripciÛn este aumento, y si la ejercita ´en menosª pierde por prescripciÛn lo que no ejercita.

En todo...

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