Artículo 35. Propuesta de la Entidad Pública y solicitud del adoptante

AutorAna Díaz Martínez
Cargo del AutorProfª Titular de Derecho Civil. Universidad de Santiago de Compostela Magistrada suplente AP A Coruña
Páginas218-226
218
Artículo 35. Propuesta de la Entidad Pública y solicitud del adoptante
1. El expediente comenzará con el escrito de propuesta de adopción formulada por la
Entidad Pública o por la solicitud del adoptante cuando estuviera legitimado para ello.
2. En la propuesta de adopción formulada por la Entidad Pública se expresarán
especialmente:
a) Las condiciones personales, familiares y sociales y los medios de vida del adoptante
o adoptantes asignados y sus relaciones con el adoptando, con detalle de las razones
que justifiquen la elección de aquél o aquéllos.
b) En su caso y cuando hayan de prestar su asentimiento o ser oídos, el último do-
micilio conocido del cónyuge del adoptante o de la persona a la que esté unida por
análoga relación de afectividad a la conyugal, o el de los progenitores, tutor, familia
acogedora o guardadores del adoptando.
c) Si unos y otros han formulado su asentimiento ante la Entidad Pública o en docu-
mento público.
3. En los supuestos en que no se requiera propuesta previa de la Entidad Pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del Código Civil, el ofrecimiento para
la adopción del adoptante se presentará por escrito, en que expresará las indicaciones
contenidas en los apartados anteriores en cuanto fueren aplicables, y las alegaciones
y pruebas conducentes a demostrar que en el adoptando concurre alguna de las cir-
cunstancias exigidas por dicha legislación.
4. Con la propuesta u ofrecimiento para la adopción se presentarán los documen-
tos a que se refieren los apartados anteriores, la declaración previa de idoneidad del
adoptante para el ejercicio de la patria potestad emitida por la Entidad Pública, si
procediere, y cuantos informes o documentos se juzguen oportunos.
COMENTARIO
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Profª Titular de Derecho Civil. Universidad de Santiago de Compostela.
Magistrada suplente AP A Coruña
I. ANTECEDENTES
El precepto analizado tiene por objeto la fase inicial del expediente de
adopción tramitado ante los tribunales de justicia, que puede abrirse bien por

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