Artículo 319

AutorJosé Baena de Tena
Cargo del AutorMagistrado encargado del Registro Civil de Sevilla

Los libros salvados deberán encuadernarse interpolándose una hoja en sustitución de cada grupo de folios correlativos intermedios que falten, en la que se hará constar que desaparecieron o se inutilizaron, con referencia al acta en que se acredite y, en su día, a la reconstitución con indicación del tomo y página.

Al margen de la diligencia de apertura se diligenciará el alcance del siniestro en el libro deteriorado.

Los folios no susceptibles de encuademación y los documentos archivados se conservarán en carpetas ordenadas por tomos, libros y legajos.

El precepto plantea el supuesto de que el siniestro no alcance a destruir la totalidad del libro, si bien prevé, en consecuencia, que algunos folios hayan desaparecido o destruido o resulten totalmente ilegibles. Como en todos los supuestos de destrucción, no simple amenaza de ella, en la que podrá realizarse el traslado de los asientos implicados o su copia literal en el acta que corresponde levantar, deberá procederse a su reconstitución por medio de las oportunas reinscripciones. Sin embargo, siempre que el estado del libro lo permita, se interpolará en la encuademación del libro una hoja por cada grupo de folios que falte con el objeto de hacer constar su desaparición o inutilización, con referencia al acta levantada con ocasión del siniestro y, en su momento, el tomo y página en la que conste la reinscripción que se practique con el objeto de asegurar la búsqueda de las inscripciones. Haciendo constar al margen de la diligencia de apertura del libro salvado la importancia que para su contenido ha supuesto el siniestro.

  1. Resumen de las medidas que deberá realizar el Juez del Registro

Así pues, resumiendo, el Juez del Registro, en caso de siniestro o de peligro para la integridad de los libros y documentos que obren en la oficina registral deberá adoptar las siguientes medidas, aparte de las más elementales y precisas de salvamento:

  1. En el caso de que no obstante la...

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