Artículo 304 ter

AutorSergio Amadeo Gadea
Páginas497-497

Page 497

1. Será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años, el que participe en estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya finalidad sea la financiación de partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, al margen de lo establecido en la ley.

  1. Se impondrá la pena en su mitad superior a las personas que dirijan dichas estructuras u organizaciones.

  2. Si los hechos a que se refieren los apartados anteriores resultaran de especial gravedad, se...

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