Articulación organizativa y estado compuesto

AutorJosé Luis Carro Fernández-Valmayor
CargoCatedrático Emérito de Derecho Administrativo. Universidad de Santiago de Compostela
Páginas7-17
NUEVA ÉPOCA
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, Nueva Época – N.o
3, Enero-Diciembre 2016 – ISSN: 1989-8983
Articulación organizativa y estado compuesto
José Luís Carro Fernández-Valmayor
Catedrático Emérito de Derecho Administrativo
Universidad de Santiago de Compostela
joseluis.carro@usc.es
SUMARIO
I. Potestad autonómica de autoorganización y datos constitucionales; la expresión «instituciones de autogo-
bierno» del artículo 148-1-1.º CE y sus posibles significados; la expresión «régimen jurídico» del artículo 149-1-18.º
CE y la competencia estatal en materia de organización administrativa autonómica.
II. Entes territoriales necesarios y organización interna del espacio autonómico. El alcance de la competencia
estatal del artículo 149-1-18.º CE; la necesidad de la previsión de una competencia estatal de carácter principial.
III. Organización interna del espacio autonómico y el papel de la Provincia. Autonomía provincial y organización
autonómica interna; el alcance de la expresión constitucional «gobierno y administración» del artículo 141-2.º
CE. La modificación del número de Provincias y la rigidez de la regulación constitucional. Una referencia al
debate sobre la supresión de las Provincias. Una propuesta de articulación: Diputaciones Provinciales, Áreas
Metropolitanas y grandes Municipios.
IV. Un apunte final de Derecho comparado. Algunos puntos complementarios de reflexión.
I. POTESTAD AUTONÓMICA DE AUTOORGANIZACIÓN Y DATOS CONSTITUCIONALES;
La exPresiÓn insTiTuCiones de auTogoBierno deL arTíCuLo  Ce
y sus PosiBLes signiFiCados La exPresiÓn régimen JurídiCo deL arTíCuLo  Ce
Y LA COMPETENCIA ESTATAL EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA AUTONÓMICA
La gran cuestión que se plantea en el seno de los llamados Estados compuestos es, como se puede com-
prender, la de la articulación organizativa entre las distintas partes constitutivas de una estructura estatal carac-
terizada por su complejidad, pero que, al mismo tiempo, debe perseguir la más eficaz y eficiente actuación de los
poderes públicos en el seno de un mismo territorio. Trataré a continuación de llevar a cabo una reflexión de carác-
ter general sobre la imprescindible exigencia de articulación organizativa en nuestro Estado autonómico, sin des-
cender, dada la índole de esta Ponencia, a excesivos detalles para mantenerme en el marco temporal acordado.
Pretendo desarrollar mi reflexión haciendo, en un primer momento, una serie de consideraciones generales sobre
la potestad autonómica de autoorganización para, en un segundo momento, referirme, más concretamente, a
algunas cuestiones referentes al papel de la Provincia en el seno de la organización interna de las Comunidades
Autónomas. Todo ello, naturalmente, desde la perspectiva de la actual y vigente regulación constitucional.
Es afirmación ampliamente compartida, que se ha encargado de recordarnos nuestra mejor doctrina y nues-
tra jurisprudencia constitucional, que la potestad de autoorganización de las Comunidades Autónomas es un atri-
buto esencial e inherente a su autonomía; autonomía de la que se predica, no solamente su carácter administra-
tivo, sino, sobre todo, político, lo que explica que pueda derivarse tanto, como es evidente, de las competencias
legislativas, como también, según doctrina constante de nuestro Tribunal Constitucional, de las competencias
meramente ejecutivas 1. Recordemos, en este sentido, como desde su primera jurisprudencia (por ejemplo, la Sen-
1 En este sentido, S. MUÑOZ MACHADO, Tratado de Derecho Administrativo y Derecho Público General, tomo XI, Boletín Oficial del
Estado, Madrid, 2015, págs. 11-13. Derecho Público de las Comunidades Autónomas, II, 2.ª edición, Iustel, Madrid, 2007, pág. 77. Vid. también,
con numerosa cita jurisprudencial, B. COLOM PASTOR, “La potestad organizatoria de las Comunidades Autónomas”, Revista de Estudios de la
Administración Local y Autonómica, 306, 2008, pág. 188 y ss.

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