Arranz de Andrés, C.: La Hipoteca Legal Privilegiada de la Ley General Tributaria. Aproximación Jurisprudencial

AutorCarlota Ruiz de Velasco Punín
CargoBecaria de la Universidad de Cantabria

C. ARRANZ DE ANDRÉS: La Hipoteca Legal Privilegiada de la Ley General Tributaria. Aproximación Jurisprudencial, Aranzadi, 2004.

La obra comentada, estructurada en seis capítulos, contiene un análisis de las cuestiones más controvertidas planteadas por la jurisprudencia surgida en aplicación de la garantía prevista en el artículo 73 LGT/1963 (art. 78 Ley 58/2003, de 17 de diciembre). La garantía estudiada, hoy expresamente denominada por el legislador ?hipoteca legal tácita?, es un derecho real que produce la afección para el pago de determinados tributos de los bienes gravados por los mismos, afección acompañada de un derecho de preferencia o privilegio oponible frente a cualquier tercer acreedor o adquirente incluso aunque tuvieran su derecho inscrito en el Registro con anterioridad. Se trata de una garantía que permanece apenas inalterada en la nueva LGT y que, como indica la autora, ?ha conseguido incluso sobrevivir a la pretensión expresamente recogida en la Exposición de Motivos de la también recientemente aprobada Ley Concursal (Ley 22/2003, de 9 julio) de reducir en número e incluso en cuantía algunos de los privilegios tradicionalmente reconocidos como los tributarios y los de cuotas de la Seguridad Social?.

Ya en la Introducción la autora deja constancia de las dos modificaciones introducidas en la regulación de esta garantía por el nuevo artículo 78 LGT. Se prevé, por una parte, una más correcta identificación de los sujetos beneficiados por la misma. Y, por otra, se modifica el criterio de determinación de las anualidades garantizadas -de cuyo estudio se da perfecta cuenta en el capítulo quinto-, sustituyéndose la mención ?al año natural en que se ejercite la acción administrativa de cobro? por la de ?al año natural en que se exija el pago?. De este modo se superan las dificultades de interpretación y aplicación que el artículo 35 RGR/1990 estaba suscitando. Por último, la autora concluye esta Introducción confiando en que el futuro RGR ordene otros aspectos, fundamentalmente los procedimentales, de cuyos problemas se da cuenta en el último capítulo relativo a la ejecución de la hipoteca legal tácita.

En el capítulo segundo, dedicado al estudio de la naturaleza jurídica de la garantía, se da sobrada muestra de las diferentes calificaciones que ha merecido la misma para la jurisprudencia: privilegio, derecho de preferencia o prelación, hipoteca legal, hipoteca legal tácita. Sobre este punto, la conclusión de la profesora ARRANZ es que en esta garantía concurren las facultades propias del derecho real de hipoteca: reipersecutoriedad y poder de ejecución sobre un bien concreto. Pero además, y esto es lo que sirve para cualificar especialmente a esta garantía, la misma conlleva un derecho de preferencia oponible frente a otros acreedores o adquirentes incluso aunque hubieran inscrito sus derechos. También se destaca el carácter tácito de esta hipoteca, recogiendo las críticas que frente al mismo se han vertido ?por considerarla como una concesión torpe al régimen clandestino antiguo?. Especialmente interesante se presenta el segundo apartado de este capítulo, dedicado a la distinción de la hipoteca legal tácita de otras figuras afines, en concreto, del derecho de afección del artículo 74 LGT/1963 (art. 79 nueva LGT) y de la afección legal del artículo 65 LHL, pese a que comparte con ambas idéntica naturaleza jurídica.

En el capítulo tercero se aborda el tema de los tributos garantizados. Tanto en la antigua como en la nueva LGT la institución de la hipoteca legal tácita resulta aplicable en garantía de aquellos tributos que graven periódicamente los bienes o derechos inscribibles en un registro público o sus...

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