El argumento relativo al principio de responsabilidad por el hecho

AutorVictor Gómez Martín
Páginas149-152
I Exposición

En opinión de un sector de la doctrina alemana, la conducta del sujeto inidóneo debe quedar impune porque en estos casos, la voluntad del sujeto frente al ordenamiento jurídico no se manifiesta en el mundo exterior. Castigar con pena al autor inidóneo supondría, por ello, un "regreso al Derecho penal de la actitud interna", completamente superado en la actualidad1. Así, por ejemplo, la actitud interna de quien escucha el llanto de un niño pequeño y, creyendo erróneamente que se trata de su hijo que se encuentra en peligro de muerte, permanece completamente inactivo, no acudiendo a ayudarlo, es, a juicio de SCHMIDHÄUSER, altamente inmoral2. Pero castigar con pena a un sujeto que, como sucede con el sujeto del ejemplo, cree erróneamente encontrarse en una situación que, en caso de darse realmente, fundamentaría un deber de acción, y que, pese a esa creencia, no actúa, supondría castigar, en realidad, una mera actitud interna sin injusto. El Derecho penal, prosigue SCHMIDHÄUSER, no puede castigar las ideas, ni la actitud interna como tal, sino que constituye una reacción que solo puede tener lugar contra hechos injustos. Donde falte el injusto, también faltará la pena, por reprochable que sea la actitud interna del sujeto3. Según SCHMIDHÄUSER, Page 150 el sujeto inidóneo habría tenido buena suerte, porque la realidad no se habría correspondido con sus representaciones internas. Si ello hubiera ocurrido, entonces habría sido merecedor de pena4.

II Valoración crítica

Es cierto que en alguna ocasión, la doctrina ha defendido en relación con los supuestos de sujeto inidóneo que la punición de su comportamiento constituye la única solución compatible con el "Derecho penal de la voluntad" ("Willenstrafrecht") propio del Estado nacionalsocialista alemán5. Este simple dato no demuestra, sin embargo, que la punición del sujeto inidóneo deba ser rechazada por constituir un atentado contra el principio de responsabilidad por el hecho. La punición de la tentativa de sujeto inidóneo no constituye una muestra de Derecho penal de la actitud interna. No es correcto decir, como a veces se hace, que en los casos de tentativa inidónea, el hecho no existiría en la realidad social, sino solo en la cabeza del sujeto. Desde el punto de vista del que aquí se parte, el fundamento de castigo de los supuestos de referencia consiste en un fundamento de naturaleza objetiva. Para un Derecho penal del hecho...

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