Aragón: la incorporación de Zaragoza a la aplicación del impuesto de contaminación de las aguas en el epicentro de la política ambiental

AutorO. Herráiz Serrano
Páginas956-988
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2019
HERRÁIZ SERRANO, “Aragón...”
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XXXII
Aragón: la incorporación de Zaragoza a la aplicación
del impuesto de contaminación de las aguas en el
epicentro de la política ambiental
OLGA HERRÁIZ SERRANO
SUMARIO: 1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL. 2. LEGISLACIÓN.
2.1. Aguas. 2.2. Medidas tributarias. 2.3. Fauna. 2.4. Daños ambientales.
2.5. Residuos. 2.6. Medio ambiente y ordenación del territorio. 3.
ORGANIZACIÓN. 3.1. Cambios puntuales en la estructura orgánica del
departamento con competencias en materia de medio ambiente. 3.2.
Creación del Observatorio de la Montaña de Aragón. 3.3. Renovación del
Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón. 3.4. Otras medidas
organizativas de contenido variado. 4. EJECUCIÓN. 4.1. Presupuesto.
4.2. Suscripción de diversos convenios de colaboración para la ejecución
de políticas ambientales. 4.3. Gestión de los residuos. 4.4. Gestión de los
espacios naturales protegidos. 4.5. En particular, celebración del
centenario del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido. 4.6. Política
de fomento y expropiaciones. 4.7. Vías pecuarias. 5.
JURISPRUDENCIA AMBIENTAL DESTACADA. 6. PROBLEMAS.
6.1. El Tribunal Constitucional confirma la constitucionalidad de la
regulación vigente del Impuesto de Contaminación de las Aguas. 6.2. El
Estado y la Comunidad Autónoma coinciden en considerar resueltas las
discrepancias manifestadas en relación con el texto refundido de la Ley
de Montes de Aragón en el seno de la Comisión Bilateral de
Cooperación. 6.3. La Comunidad Autónoma de Aragón aboga por una
ley marco estatal sobre fiscalidad ambiental. 7. LISTA DE
RESPONSABLES DE LA POLÍTICA AMBIENTAL DE ARAGÓN.
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1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
Sin duda ninguna, el asunto que marcó la política ambiental de la
Comunidad Autónoma de Aragón durante el ejercicio político 2018 fue la
aplicación del Impuesto de Contaminación de las Aguas (en adelante, ICA)
en la ciudad de Zaragoza, a raíz de la reforma de la Ley de Aguas y Ríos de
Aragón, llevada a cabo mediante la Ley 2/2016, de 28 de enero, de
Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma. Recurrida
esta, según se dio cuenta en nuestro trabajo publicado en el Observatorio
de Políticas Ambientales 2017, por 50 diputados del Congreso situados en
la órbita ideológica de las fuerzas políticas de confluencia (ZEC) que
gobiernan el Ayuntamiento de Zaragoza, la tensión entre este consistorio y
el Gobierno de Aragón no ha pasado de crecer desde entonces.
De hecho, aunque el Tribunal Constitucional rechazó en septiembre
de 2018 ese recurso de inconstitucionalidad, como detallaremos en el
apartado 6 de este trabajo, dicha Sentencia no fue sino un hito más de todos
los que han lastrado la polémica por la incorporación de la capital
autonómica al pago del tributo.
Al comienzo del ejercicio, asistimos al desencuentro entre el
Gobierno de Aragón y algunos de los Grupos Parlamentarios en la
oposición en las Cortes, a propósito del único precepto sobre el ICA
presente en la ley de presupuestos de la Comunidad para 2018. Durante la
tramitación de esta, se presentaron un grupo de enmiendas que, bien por
suprimir las tarifas del impuesto, dejándolo sin ellas para poder ser
aplicado durante el ejercicio (enmiendas de la Agrupación Parlamentaria
Izquierda Unida de Aragón y del G.P. Podemos Aragón), bien por proponer
un cambio de las tarifas vigentes o un incremento de las bonificaciones
(enmiendas del G.P. del Partido Aragonés y del. G.P. Ciudadanos-Partido
de la Ciudadanía), o bien por contemplar directamente la suspensión de la
vigencia del ICA durante 2018 (del G.P. Podemos Aragón), podían suponer
minoración de ingresos y, por tanto, requerían la conformidad del Gobierno
para su tramitación. El ejecutivo no dio su autorización por lo que aquellas
enmiendas quedaron apartadas conforme a lo establecido en el Reglamento
de las Cortes, escenificándose así las diferencias que, en particular,
separaban a los Grupos Socialista y Podemos Aragón a propósito del ICA
cuando este último Grupo había votado a favor de los estados de ingresos y
gastos de las cuentas autonómicas en el debate de totalidad del presupuesto
y pactado las mismas con el Gobierno.
Este, por su parte, pareció tomar nota de que este impuesto
amenazaba con convertirse en un gran escollo para sus relaciones con
Podemos de cuyos votos dependía para sacar adelante las grandes
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decisiones que requerían aval parlamentario, así como se las dificultaba de
forma casi insuperable con el Ayuntamiento de Zaragoza, donde la
oposición frontal de ZEC había auspiciado también la reacción de
asociaciones de consumidores, de colectivos y de un gran número de
ciudadanos. Tras más de 23.000 recursos y 70.000 recibos impagados en el
primer año de aplicación del ICA en Zaragoza, con movilizaciones en la
calle pidiendo la reforma del impuesto, el Presidente del Gobierno
anunciaba en los primeros meses del año su disposición a afrontarla y a
hacerlo en profundidad bajo principios, se decía, de progresividad
medioambiental. Se justificaba, además, ese cambio de criterio en la
necesidad de hacer que el impuesto fuera aceptado por los ciudadanos, en
los que había calado el mensaje de la doble imposición por mucho que,
unos meses más tarde, el Tribunal Constitucional se encargara de negar que
tal efecto se produjera entre el ICA y la tarifa pagada al Ayuntamiento de
Zaragoza por los servicios de saneamiento y depuración.
Al efecto de poder estudiar la reforma, se constituyó en las Cortes
una Comisión especial de estudio en mayo de 2018, la cual concluyó sus
trabajos en febrero de 2019. A punto, no obstante, de saltar por los aires
cuando se conoció por la prensa que, al margen de dicha Comisión de
estudio, los partidos Socialista y Podemos Aragón se hallaban negociando
los términos de la reforma, finalmente fue posible un acuerdo de mínimos
entre todos los Grupos Parlamentarios. Sin embargo, al no haberse
traducido en ninguna iniciativa legislativa, en el fondo se demora la
solución definitiva al Gobierno que salga de las urnas en las próximas
elecciones autonómicas. La inminencia de estas impidió un consenso
mayoritario sobre los detalles, que hubiesen podido permitir articular una
propuesta concreta de reforma. Así, ha quedado en el aire si el futuro ICA
debiera o no desgajarse en un impuesto por la producción de agua residual
a pagar por todo usuario del agua, excluyendo las actividades agrícolas y
ganaderas, y una tasa autonómica por depuración a pagar donde el
Gobierno de Aragón preste ese servicio. Hay que recordar que la
sustitución del ICA actual por un sistema combinado de un impuesto (del
que serían sujetos pasivos los ayuntamientos) más una tasa (por el servicio
de depuración de aguas para aquellos usuarios a quienes se lo preste la
Comunidad Autónoma) era el auspiciado por la Red del Agua Pública de
Aragón y por Podemos Aragón.
En el Dictamen de la Comisión especial a que nos referimos,
debatido en la sesión plenaria celebrada los días 7 y 8 de marzo de 2019
(Boletín Oficial de las Cortes de Aragón núm. 326, de 13 de marzo),
dejando imprejuzgado si habrán de ser una o dos figuras tributarias, se
apunta tan solo hacia la necesidad de que, para el cálculo de las tarifas, se
diferencie entre usos domésticos o asimilados y usos industriales, así como

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