Un apunte a la sentencia del "Caso Gallardón vs. Jiménez Losantos"

AutorMariano Yzquierdo Tolsada
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

He leído las noticias proporcionadas por cinco diarios diferentes. En dos de ellos se dice que Federico Jiménez Losantos fue condenado por la sentencia de 11 de junio de 2008, dictada por el Juzgado de lo penal número 6 de Madrid, a pagar una multa de 36.000 euros. En los otros tres se dice que se ha condenado al periodista a pagar esa cantidad a Alberto Ruiz Gallardón. Incluso hay otro diario en el que se asegura que el Alcalde de Madrid ha declarado que “donará los 36.000 euros a la Asociación de Víctimas del Terrorismo, que utilizará el dinero para ayuda psicosocial a las víctimas”. Y mientras tanto, el reportero condenado anuncia que si el honor de don Alberto “vale” esa cantidad, merece la pena continuar diciendo de él eso que venía diciendo, y por lo que ha sido condenado como autor de un delito continuado de injurias graves con publicidad.

El mismo batiburrillo que leo en la prensa, lo oigo en cuatro emisoras de radio y en dos canales de televisión. Y aunque no me cabe duda de que la reflexión habrá llevado a unos y a otros a digerirlo todo con calma y con la ayuda de una tila y un tranquilizante, conviene reproducir en este Boletín el apunte de urgencia que escribí para la prensa escrita aquellos días del pasado verano (La Tribuna del Derecho, quincena de 1 a 15 de julio, página 16), pues la cuestión es en realidad de carácter intemporal.

Verdaderamente curiosa la prisa que se han dado. Algunos medios de comunicación, para ser los primeros en dar la noticia, pero para darla rematadamente mal. El Alcalde, para quedar muy bien ante la opinión pública, donando dinero ajeno. Pero un Fiscal –y él lo es– supongo que debería saber que las multas no las cobra el litigante vencedor, sino el Fisco, a diferencia de las indemnizaciones (que por eso se llaman así, porque tratan de dejar indemne a un perjudicado). Pero también se da prisa el reportero condenado en que aflore su visceralidad, pues se ha debido creer que la condena lo es en concepto de indemnización, cuando espeta que el honor de Gallardón “vale” 36.000 euros.

Pero lo que único que hay que dudar es que, al menos hasta ese momento, uno solo se haya leído la sentencia, ni siquiera por encima. Los periódicos y las radios han tocado de oídas. El querellante ha confundido multa con indemnización, y el condenado ha confundido indemnización con multa. Aquí solo falta Jesulín para que remate con aquello de “en dos palabras: im, prezionante”.

Todo me recuerda a cuando don Xavier Arzalluz...

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