Se aprueba el Plan de Gestión Natura 2000 de Barrancos y Montes de Mallorca

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas119-120
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 14 de junio de 2019
Se aprueba el Plan de Gestión Natura 2000 de Barrancos y Montes de Mallorca
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 44/2019, de 24 de mayo (BOIB núm. 71, de 28 de mayo de 2019)
Temas Clave: Planificación; Red Natura 2000; Hábitats; Especies
Resumen:
El Plan está constituido por los LIC que se identifican con los códigos y nombres
siguientes: LIC ES5310015 Puig de Sant Martí. LIC ES5310029 Na Borges. LIC
ES5310101 Randa. LIC ES5310102 Xorrigo. Todos estos LIC se encuentran incluidos en
la lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica
mediterránea, por lo que deben ser declarados cuanto antes como ZEC. En consecuencia,
este plan se referirá a espacios ZEC, entendiendo que la declaración de las ZEC se
producirá al tiempo se apruebe el presente plan de gestión.
Se trata de un total de 6.282,67 hectáreas repartidas en cuatro espacios terrestres de la Red
Natura 2000 que se ubican en diversos puntos del interior y del norte de la isla de Mallorca.
Con carácter general, la conservación de los tipos de hábitats requiere, entre otros aspectos,
evitar su ocupación y transformación por la potencial implantación de usos distintos a los
tradicionales, además de potenciar la recuperación de aquellas áreas que hayan sufrido
degradación por factores diversos. En algunos casos, como los hábitats dunares y costeros
que soportan una alta frecuentación de personas, debe evitarse, en la medida de las
posibilidades, su pisoteo. Para estos hábitats, la erradicación de especies invasoras y el
refuerzo de las poblaciones autóctonas debe considerarse una prioridad.
En el apartado 3.7 se destacan los usos humanos con incidencia en la conservación a través
de las actividades de los sectores primario y terciario.
El plan de gestión tiene una vigencia indefinida. No obstante, será objeto de revisión
periódica en función del plan de seguimiento.
Se debe puntualizar que por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2019, se
han declarado zonas especiales de conservación (ZEC) los cuatro lugares de importancia
comunitaria (LIC) antes citados, pertenecientes a la red ecológica europea Natura 2000 en
las Illes Balears. (BOIB núm. 71, de 28 de mayo)
Enlace web: Decreto 44/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Gestión
Natura 2000 de Barrancos y Montes de Mallorca

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