Aproximación antropológica y ética a la dependencia

AutorMaría Jesús Goikoetxea
CargoProfesora de Bioética en la Universidad de Deusto Presidenta del Comité de Etica en Intervención Social de Bizkaia
Páginas107-126

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1. Introducción

Parece común a todos los vivientes la tendencia a sobrevivir. Para ello los vivientes se apoyan en otros vivientes a los que tienden a usar en beneficio propio (el pez grande se come al chico). Pero también es cierto que muchos vivientes, no sólo no se devoran mutuamente, sino que se sostienen unos a otros para vivir.

En el caso de la especie humana parecen claras:

- Tanto su capacidad de utilizar al resto de los vivientes, incluidos los de su propia especie, hasta el punto de matar (cada vez mejor) sin necesitar hacerlo para sobrevivir.

- Como su capacidad de generar soporte y ayuda mutua (incluso contra las mismas leyes de selección natural) hasta el punto de que en lugar de eliminar al débil, dependiente, discapacitado o anciano, ha impulsado su cuidado y, aún más, su reconocimiento, como un ser con igual dignidad que otro cualquiera de su especie.

Por otro lado el ser humano es capaz de vivir conscientemente, es decir, no sólo vivir, sino pensar sobre la vida, «darse cuenta» de que vive; puede incluso criticar la vida y crear nuevas modalidades de vivir « dando cuenta», a sí mismo y al resto, de por qué es mejor una modalidad que otra.

En esta situación se hace ineludible el planteamiento ético, el «dar cuenta», el «responder» a la pregunta de por qué generar unos comportamientos u otros con el resto de los vivientes y en concreto con los de la propia especie.

Esa es también nuestra «responsabilidad» con las personas denominadas «dependientes»: ¿ son mejores o más valiosas unas modalidades de vida que otras? ¿por qué? ¿por qué responder de un modo determinado a las necesidades de las personas dependientes tanto a nivel privado como a nivel público? ¿ dónde se fundamentan las obligaciones de cuidado y protección con las personas más vulnerables? Page 108

2. Perspectiva antropológica ¿Qué significa ser persona?
2.1. El concepto de «persona»

La comprensión del ser humano como ser superior al resto de los seres, es prácticamente unánime. Dicha superioridad se considera ontológica y es la que fundamenta la obligación moral del respeto a la dignidad de cada ser humano. Sin embargo, como dice F. Torralba1, sólo tiene sentido afirmar que el ser humano es más digno de respeto que un chimpancé si, realmente, hay argumentos objetivos y patentes de que la vida de un ser humano -del que fuere- tiene más valor intrínseco, en sí y por sí mismo, que la vida de un chimpancé, de la subespecie que fuere.

Pensemos un poco. Si descartamos las fundamentaciones heterónomas, basadas en antropocentrismos de uno u otro signo y/o en fundamentos religiosos, casi con seguridad terminaremos recurriendo al estudio de las características de los seres humanos para argumentar la superioridad ontológica. Para la mayoría de nosotros el ser humano es superior al resto de los seres, por alguna o varias de las siguientes características: su racionalidad, su capacidad de autodeterminación (libertad) y/o su vida emocional. De hecho, el termino «persona», en sus diferentes acepciones, hace referencia a dichas características: desde el punto de vista metafísico indica la dignidad que tiene el ser humano por poseer naturaleza racional y espiritual; desde el punto de vista «existencial» indica al «yo» como sujeto capaz de autodeterminación y responsabilidad; desde la ética se comprende la persona humana como un ser dotado, en una sociedad libre y democrática, de las categorías de autonomía, inviolabilidad y dignidad. Concluyendo nuestro argumento, afirmamos que es la condición «personal» lo que confiere un valor superior a los seres humanos y dicha condición reclama respeto.

El tema que nos ocupa, la dependencia, convierte en problemático ese presupuesto de que la dignidad del ser humano, y derivada de ella la obligación moral de respeto absoluto de cada ser humano, está fundamentado en las capacidades/características personales del mismo. Cada vez son más el número de ¿personas? que carecen de alguna o varias de estas capacidades: enfermos mentales graves, disminuidos psíquicos profundos, personas con demencias en un estadio avanzado, sujetos en estado vegetativo persistente o permanente, etc.

En la actualidad existen bioeticistas importantes que, siguiendo con esta argumentación, afirman que no todos los individuos vivos de la especie homo Page 109 sapiens son personas, o al menos no todos lo son en sentido estricto; para ellos no existe una coincidencia entre el termino «persona» y el término «ser humano». Entre ellos cabe destacar por su gran influencia en el debate bioético dos autores: P. Singer y H.T. Engelhardt .

- P. Singer propone «usar persona en el sentido de ser racional y autoconsciente»2. La persona no es definida con relación a la sensibilidad, la relación o la libertad, sino con relación a su «darse cuenta», a su conciencia. Singer no propone la eliminación de los derechos de los seres humanos no racionales pero los iguala a la de algunos animales. Para él, la ética exige la reducción del sufrimiento ajeno y por tanto, todos los seres con capacidad de sufrir (humanos o no) deben de ser objeto de protección y de cuidado: «todos los seres capaces de experimentar placer o dolor tienen el mismo derecho a la vida»3 . Se acaba así con la superioridad de los seres humanos discapacitados psiquicamente respecto a otros seres no humanos sensibles al placer y al dolor.

- H. T. Engelhardt no niega que todos los seres humanos sean personas, pero defiende que unos lo son en sentido estricto (vida humana personal) y otros en un sentido diferente (vida humana biológica no personal). La persona, en sentido estricto, se caracteriza por tres atributos: autorreflexión, racionalidad y sentido moral4. Sólo las personas humanas son sujetos de derechos, mientras que las personas no humanas tienen un valor ontológico, axiológico y jurídico menor, que vendrá determinado por el valor que puedan representar para otras personas (sus padres, sus familiares,.). Para Engelhardt los fetos, los niños anencefálicos, los retrasados mentales graves, los enfermos en estado vegetativo persistente, o los ancianos con demencia avanzada constituyen ejemplos de personas no humanas cuyo valor no es intrínseco sino depende de la estimación que hagan de ellos sus responsables legales.

Aunque interesante, sería arduo, (y posiblemente inadecuado) revisar el concepto de persona a lo largo de la historia en este artículo. Simplemente quiero enumerar los significados más importantes del término: desde la perspectiva teológica, la persona es considerada como imagen de Dios; desde la perspectiva ontológica, la persona tiene una dignidad intrínseca por el hecho de ser una sustancia (ente autónomo) individual de naturaleza racional; por último, desde la perspectiva personalista la persona es definida como relación ad intra (consigo mismo) y ad extra (con el «tu» y la transcendencia) Page 110

2.2. «Persona» como ser vulnerable con posibilidad de relación

Ante estos significados «clásicos» de persona, puede resultarnos enriquecedor la reelaboración del concepto de persona propuesto por Francesc Torralba5 a partir de la noción de vulnerabilidad (E. Levinás) y de posibilidad (S. Kierkegaard, X. Zubiri). Torralba define a la persona como un ser radical-mente vulnerable con unas posibilidades singulares en el conjunto de naturaleza. Este ser radicalmente vulnerable, requiere un substrato biológico mínimo (Torralba), una suficiencia constitucional (Zubiri), unas condiciones estructurales biológicas mínimas (F. Abel) indispensables, que hagan posible una capacidad de establecer relaciones personales o de llegar a la consciencia propia.

Esta idea de persona como estructura vulnerable es un concepto inclusivo universal que integra a personas en distintas etapas evolutivas y en distintos estados de dependencia y de salud, es decir, con distintos grados de vulnerabilidad. Desde este punto de vista, la persona dependiente con diversos niveles y grados de discapacidad -incluso cuando ésta afecta a su mente, a sus capacidades sensoriales y/o intelectivas- es un sujeto plenamente humano, con los derechos inalienables propios de todo ente humano siempre que existan en él las estructuras biológicas básicas que determinan la personalidad humana. Cuando no existen esas estructuras (no es lo mismo estructura que la capacidad o capacidades que dicha estructura pueden generar) no hay persona humana o ya ha dejado de serlo.

Pero además, no debemos de olvidar, que en la gran mayoría de los casos de personas dependientes (quizá debiéramos excluir a las personas con escasa o nula actividad cerebral a nivel cortical), existen junto a los déficit o discapacidades posibilidades, capacidades personales y grupales para hacer frente a las dificultades de vida autónoma generada por dichos déficit. La persona, independientemente de las condiciones en las que desarrolle su vida y de las capacidades que pueda expresar, posee una dignidad única y un...

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