Breves apostillas al fenómeno de la tortura en la República Argentina

AutorRoberto Bergalli/Iñaki Rivera Beiras
Páginas143-148

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I Introducción

El presente informe tiene por objeto brindar unos pocos elementos que permitirán (de manera muy rudimentaria y hasta tosca) conocer las dimensiones que la tortura (en tanto fenómeno fáctico violatorio de derechos humanos) adquiere en el acotado marco de la República Argentina.

Dadas las especificidades de este papel de trabajo y por sobre todas las cosas, su reducido espacio, hemos tenido necesariamente que seleccionar sólo unas pocas informaciones que a la postre resultarán una aproximación de lo que sin dudas debiera ser una investigación muchísimo más profunda sobre el particular.

En virtud de ello y toda vez que este texto pretende allegar información actual en punto al fenómeno, hemos decidido dejar a un lado los conocidos casos de tortura perpetrados por los gobiernos de facto que azotaron a nuestro país a lo largo de oscuras décadas, por resultar, asimismo, suficientemente conocidos en el ámbito internacional.1Sin perjuicio de ello y tal como de seguido se advertirá, muchas de las metodologías empleadas por agentes del sistema penal en nuestra actual coyuntura resultan peligrosamente análogas a aquellas otras que caracterizaron a las dictaduras militares, y en especial, a la que tuvo lugar entre 1976 y 1983.

II Algunos casos paradigmáticos

Lamentablemente, no es demasiada la información sistemática con la cual se cuenta sobre tal problemática. Dejando aquí de lado el acopio de casos realizado por organizaciones intermedias tales como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)2o internacionales (en particular Amnesty Internacional),3la evaluación de las especificidades de la tortura en la República Argentina no emerge de trabajos empíricos de carácter general.

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Sin embargo, bueno es destacar que desde el año 2000, la Defensoría Oficial ante el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires institucionalizó una suerte de Banco de Datos4que invita a los defen-sores oficiales con competencia en el ámbito territorial de la provincia, a informar acerca de todos aquellos casos de tortura institucional conocidos como consecuencia del ejercicio de su ministerio.5El primer informe elaborado en el año 2001 por la dependencia de mención, registró 602 casos de tortura.6Asimismo, y hasta el 30/6/2005, el Programa Integral de Sistematización de Información (PRINSI) acopió 2.866 casos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, de los cuales 848 se produjeron en cárceles y 2.018 en el ámbito policial. Sólo en 1.522 existieron denuncias formales, mientras que
1.344 fueron conocidos (y así fenecieron) al amparo del secreto profesional.7Los episodios aprehendidos incluyeron: «requisas» violentas, picana eléctrica (aplicación de electrodos en distintas partes de un cuerpo humano), «submarino seco» (inmersión de cabeza en un recipiente cubierto de agua con el fin de provocar sensación de ahogamiento), intentos de homicidio contra internos por parte de personal penitenciario, pase de corriente eléctrica en diversas partes del cuerpo, golpes con palos, patadas, «trompadas», pisadas en la cabeza, entre otras «preciosidades» análogas.8Las semejanzas con las prácticas punitivas propias de la última dictadura militar (1976-1983) resultan, pues, escabrosas. Tal es así que la Comisión Provincial por la Memoria, en el documento titulado «Derechos Humanos y Violencia Institucional»9de septiembre de 2002, tuvo oportunidad de manifestar que: «...[l]a represión de los hechos delictivos es en sí legítima, cuando se la efectúa por medios legítimos, mientras que el “gatillo fácil”, las “ejecuciones” con sello policial, la proliferación de la tortura y del hacinamiento carcelario, constituyen prácticas de terror llevadas a cabo por agentes del...

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