El apartado 17.5

AutorJuan de Dios Crespo Pérez - Ricardo Frega Navía
Páginas193-194

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Este último apartado del artículo recuerda que no solo se puede sancionar a clubes sino a cualquier otra persona, obviamente vinculada al

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fútbol como jugadores, integrantes en cualquier modo de un club, agentes de jugadores, etc... que induzca o actúe en forma que pueda ayudar a inducir la ruptura contractual. Habitualmente son los agentes quienes sufren más esa sanción, como en el caso del agente de Mexès.

Finalmente, analicemos los dos casos más sonados en los que se utilizó el artículo 17 por parte de jugadores...

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