Informe anual de gobierno corporativo y otros instrumentos de información de las sociedades anónimas cotizadas y otras entidades

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO Y OTROS INSTRUMENTOS DE INFORMACIÓN DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS Y OTRAS ENTIDADES

1. INTRODUCCIÓN

Con fecha 18 de julio de 2003, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 26/2003, de 17 de julio, la Ley 26/2003 por la que se modifican la Ley 24/1988, de 28 de julio del Mercado de Valores (“LMV”), y el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (“LSA”), con el fin de reforzar la transparencia de las sociedades anónimas cotizadas (en adelante “Ley 26/2003”). Dicha Ley 26/2003, se enmarca dentro del proceso legislativo emprendido en España y distintos países, para tratar de infundir confianza y transparencia en los mercados bursátiles1.

La Ley 26/2003, entre otras cuestiones, introduce mediante la incorporación de dos nuevos artículos a la LMV (116 y 117) dos nuevas obligaciones en relación con la información societaria:

? La imposición a las sociedades cotizadas de la obligación de hacer público con carácter anual un informe de gobierno corporativo.

? La obligación para las sociedades cotizadas de cumplir las obligaciones de información establecidas en la Ley de Sociedades Anónimas por cualquier medio técnico, informático o telemático.

Según prevén los nuevos artículos 116 y 117 de la LMV y la disposición adicional tercera de la Ley 26/2003, ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado de 8 enero de 2004, la Orden del Ministerio de Economía ECO/3722/2003 de 26 de diciembre de 2003 sobre el informe anual de gobierno corporativo y otros instrumentos de información de las sociedades anónimas cotizadas y otras entidades (“Orden 3722/2003” o la “Orden”).

Se prevé además un futuro desarrollo por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”), del contenido de la Orden.

2. INFORME ANUAL DEL GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

La Orden 3722/2003 establece en su artículo primero el contenido mínimo y la comunicación y publicidad que deberá tener el informe anual de gobierno corporativo de las sociedades anónimas cotizadas.

2.1 Contenido mínimo del informe de gobierno corporativo

El contenido mínimo será el siguiente:

2.1.1 Estructura de la propiedad de la Sociedad anónima

Este epígrafe contendrá al menos la siguiente información:

- Identidad de los accionistas que cuenten con participaciones significativas, directas, indirectas, o en virtud de pactos o acuerdos entre accionistas, junto con los respectivos porcentajes accionariales que ostente cada titular.

A pesar de la remisión de la Orden al Real Decreto 377/1991, de 15 de marzo, se realiza en el texto una definición de “participación significativa” más amplia que la que en dicho Real Decreto se contiene. En este sentido, al igual que se regula en el Real Decreto 377/1991, se entenderá por participación significativa aquella que alcance, de forma directa o indirecta, al menos el 5% del capital o de los derechos de voto de la entidad y se asimila a una adquisición de acciones la celebración de acuerdos o pactos con otros accionistas en virtud de los cuales las partes queden obligadas a adoptar, mediante un ejercicio concertado de los derechos de voto de que dispongan, una política común en lo que se refiere a la gestión de la sociedad o que tengan por objeto influir de forma relevante en la misma. Por su parte, al Real Decreto 377/1991, añade que se consideran participaciones significativas aquéllas que, sin llegar al porcentaje señalado, permitan ejercer una “influencia notable” en la sociedad, aunque no define “influencia notable”.

- Relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan (i) entre los titulares de las participaciones significativas y la sociedad y (ii) los titulares de participaciones significativas entre sí, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario.

- Señalamiento de las participaciones accionariales (aunque no sean significativas) de que sean titulares los...

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