Anteproyecto de Ley de Medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria

AutorDiego Crespo
Páginas30-33

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Para un análisis más desarrollado, puede consultar la alerta elaborada por el Despacho en el siguiente enlace: Alerta

El pasado 19 de octubre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) presentó para su estudio en Consejo de Ministros un borrador de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Se trata de una primera propuesta de regulación de las relaciones entre las empresas que participan en la cadena de distribución alimentaria, desde los productores (agricultores, ganaderos, etc.), pasando por la industria (transformación y envasado), hasta los distribuidores mayoristas y minoristas.

Con ella se pretende dar respuesta a la falta de mecanismos jurídicos eficaces para perseguir las prácticas abusivas derivadas, principalmente, del ejercicio del poder de compra de algunos de estos operadores (en particular, de la gran distribución), siendo evidente que el antecedente más inmediato, aunque ello curiosamente es silenciado en la Exposición de Motivos, lo constituye el Informe elaborado por la Comisión Nacional de Competencia sobre las relaciones entre fabricantes y distribuidores alimentarios, de octubre de 2011 (Informe de la CNC)4. Ello se explica muy posiblemente por la necesidad de incluir en el ámbito de aplicación de la norma al poderoso e influyente grupo de los productores (no se olvide que la iniciativa parte del MAGRAMA y no del Ministerio de Economía y de Competitividad), quienes,

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aunque normalmente no se relacionan con la gran distribución, sí se ven afectados por algunas de sus prácticas (i.e. uso de productos gancho, comercializándolos a precios muy reducidos, incluso a pérdida, lo que debilita la imagen de la categoría y añade una "excesiva" presión sobre los precios en el conjunto de la cadena). Y ello sin perjuicio de la presión que pueden sufrir directamente de la industria transformadora y envasadora.

Las principales propuestas se resumen a continuación:

- La obligación de formalizar por escrito los contratos si se superan determinados umbrales.

- La prohibición de determinadas prácticas que se consideran abusivas:

· Modificaciones sobrevenidas en los contratos impuestas por una de las partes, si bien se aceptan las acordadas de mutuo acuerdo.

· Exigencia de pagos adicionales, salvo excepciones previstas expresamente en el contrato.

· Limitación de la posibilidad de exigir información comercial sensible y prohibición de utilizar la información intercambiada en el marco de la relación comercial existente para otros fines no contemplados en la misma -en particular, para favorecer la marca de la distribución (MDD)- y de desvelarla a otros operadores.

· Realizar una gestión desleal en relación con la comercialización del conjunto de marcas, con el objetivo implícito de condicionar la gestión de las MDD en relación con las marcas de fabricante (MDF).

· Las prácticas denominadas de "copycat" o de aprovechamiento, mediante imitación, de la iniciativa empresarial ajena en relación con el lanzamiento de nuevos productos, formatos, envases, etc.

Nada se dice sobre el destinatario real de estas prohibiciones -salvo en el caso de la gestión de marcas- aunque no cabe duda de que, conforme al espíritu de la ley, este es la gran distribución.

- El establecimiento de un régimen sancionador con multas a los incumplidores.

- La adopción de un Código de Buenas prácticas de adhesión voluntaria.

Se trata, sin duda, de una primera iniciativa, ciertamente loable, y que va en la línea de las recomendaciones del Informe de la Comisión Nacional de la Competencia al que antes aludíamos.

Sin perjuicio de todo ello, lo cierto es que la norma es poco rigurosa, plagada de preceptos innecesarios, simples recordatorios de normas ya vigentes, y de reglas incompletas o que, en nuestra opinión, no comprenden adecuadamente la realidad práctica que pretenden regular. Todo ello sin hablar de lo que consideramos errores manifiestos en relación con el ámbito de aplicación o de la previsión de un régimen...

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