Antecedentes históricos legislativos

AutorEva Mota Sánchez - María Luisa Medrano García
Cargo del AutorInterventora. Tesorera de Habilitación Nacional - Prof. Dra. Universidad Rey Juan Carlos
Páginas229-233

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La necesidad de conocer el coste de los servicios públicos que prestan las Administraciones Públicas no es algo novedoso ni introducido por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, sino que dicha norma es la culminación de numerosas normas, que se inician con la Constitución española de 1978, la Ley de Bases de Régimen Local, la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y la Ley de Transparencia, entre otras366.

La determinación del coste de los servicios públicos ha sido un requerimiento para la Administración Pública, y no exclusivamente constitucional, sino, según Eugenia García Alegre, desde la vieja Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública de 1911 y la derogada Ley de Régimen Local de 1955.

Durante la década de los 60, se realizan en el Ayuntamiento de Barcelona y la Diputación de Sevilla los primeros intentos conocidos de cálculo de costes en la Administración Local española.

Con la Constitución española de 1978, se introduce como referencia en la orientación de las políticas de gasto los principio de la eicacia, eiciencia y economía en la asignación y uso de los recursos públicos, en el artículo 31.2: «El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eiciencia y economía».

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En el estudio para el establecimiento en la Administración Pública de una metodología para el cálculo de costes de los servicios públicos, con anterioridad a 1983, escasos fueron los intentos de establecer un sistema de contabilidad analítica en el sector público, preocupado principalmente por el control de la legalidad. Quizás se puede destacar en esta etapa, por su intento normalizador, el Manual de la contabilidad de costes, publicado en 1976 por el entonces Instituto de Estudios de la Administración Local367.

La promulgación del Plan General de Contabilidad Pública de 1983, al introducir el grupo 9, supuso el punto de partida en la implantación de modelos de contabilidad analítica en el sector público español, ya que dicho plan reservó el grupo 9 de su cuadro de cuentas para el registro de las operaciones según los criterios de la contabilidad de costes.

La experiencia en la aplicación de este modelo en la Administración del Estado no logró alcanzar los resultados esperados y el Plan General de Contabilidad Pública no desarrolló el citado grupo 9, dejando libertad a las empresas para que desarrollen su contabilidad analítica de las formas adecuadas a sus ines.

Es incuestionable que tanto la normativa que estaba en vigor como los proyectos impulsados en el ámbito contable público en general -y en el local en particular- abocaban hacia la necesidad de elaborar información sobre el coste de los servicios públicos prestados. Era deseable que dicha información fuera comparable, lo que exigía elaborarla de acuerdo a unos parámetros comunes, desembocando en un proceso normalizador desarrollado a nivel estatal por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE). En esta línea, y dentro del ámbito local, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) inició un proceso similar de homogeneización en cuanto a la elaboración de información sobre costes e indicadores de gestión a nivel local368.

La IGAE, ante la carencia de estudios en este ámbito contable y consciente de la necesidad de ofrecer unas pautas en el sector público para el cálculo de los costes, impulsó la aplicación de un sistema de contabilidad analítica normalizada para las Administraciones públicas, llamado CANOA, en diversos entes caracterizados por una diversidad de actividades realizadas y servicios prestados.

En este sentido, cabe destacar el proyecto de contabilidad analítica normalizada para organismos autónomos, con diversas etapas fundamentales.

Una etapa, centrada en los años 1984 a 1986, en la que se trata de aplicar el grupo 9 del Plan General de Contabilidad, de forma...

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