Anexo VII: Dictamen sobre el río Matarraña

AutorRemedios Mondéjar Pedreño
Páginas191-202

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APROBADO el 14 de Julio de 2005 en el Ayuntamiento de la Fresneda con la presencia de: los alcaldes de Monroyo, Peñaroya, Torre del Compte y La Fresneda, un concejal de Rafales, el presidente y vicepresidente de la Junta del Sindicato central de riegos del Matarraña, tres representantes de la Plataforma en defensa del Matarraña y la Iniciativa Social de Mediación.

NOTA: La Junta del sindicato central de riegos del Matarraña fijará en el marco de la Comisión del Agua un voto particular con el siguiente texto:

Que aceptando en su totalidad el presente dictamen, no se renuncia a las obras recogidas en el pacto del agua para regular definitivamente la cuenca del Matarraña.

RUBRICADO en el día de hoy, 27 de julio de 2005 en el Ayuntamiento de la Fresneda, por los presidentes del Sindicato Central de Riegos de la Cuenca del Matarraña, D. José María Pujol y por el presidente de la Plataforma en Defensa del Matarraña, D. Alberto Moragreda, en presencia de los miembros de la ponencia de Obras del Pacto del Agua, de lo que damos traslado al presidente de la misma D. Javier Sánchez.

D. José María Pujol D. Alberto Moragrega Presidente del Sindicato Central Presidente de la Plataforma de Riegos del Matarraña de Defensa del Matarraña

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ÍNDICE DEL DICTAMEN:

PREÁMBULO

EXPOSICIÓN

  1. EL ACUERDO DE RÍO

  2. LOS ACUERDOS DE FABARA DE 1.999

  3. TRES PRINCIPIOS FUNDAMENTALES QUE DEFINEN EL DICTAMEN SOBRE EL RÍO MATARRAÑA

  4. OBJETIVOS QUE SE PRETENDEN CONSEGUIR

  5. LA CUENCA DEL MATARRAÑA

    5.1. Planteamiento de las necesidades, demandas y disponibilidades actuales

    5.2. Actuaciones necesarias y proceso a seguir

    5.3. Elementos comunes asumidos en relación al uso eficiente del agua

    CONCLUSIONES DE LA PONENCIA

  6. En relación a las posibles soluciones para aumentar la cantidad de agua regulaa en la cuenca del Mataraña.

  7. En relación a la apuesta por un uso racional del agua.

  8. En relación a la apuesta por compaginar el desarrollo del territorio y la conservación del Patrimonio Natural.

    PREÁMBULO

    La Comisión del Agua en Aragón, como cauce para el debate y la consecución de amplios acuerdos sociales en materia de política hidráulica, cumple su función a través de los trabajos de esta Ponencia específica de Obras del Pacto del Agua creada por acuerdo del Pleno de la Comisión, complementada -de una forma especialmente significativa alrededor de este conflicto- por el trabajo de la Iniciativa Social de Mediación.

    Aún manteniendo como horizonte el objetivo de obtener para Aragón una reserva legal suficiente para su desarrollo socioeconómico, hoy día es necesario y oportuno el debate a partir del contenido del Pacto del Agua en Aragón y de las obras de regulación en él previstas:

    ·Tanto por el tiempo transcurrido desde su aprobación.

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    ·Como por el contexto cambiante en la refiexión sobre la gestión y los usos del agua y el papel que juegan las obras hidráulicas en la misma.

    ·Como por el clima de diálogo generado en nuestra comunidad autónoma, que ha propiciado la resolución de varios conflictos

    De una manera evidente, tanto la política europea medioambiental -cristalizada en materia de aguas en la Directiva Marco del Agua- como la Estrategia Territorial Europea -que persigue la cohesión social y econó-mica- deben refiejarse en el equilibrio de intereses de todos los ciudadanos de nuestro territorio, bien sean del llano o la montaña, marcando desde sus principios el camino a seguir.

    Preservar núcleos habitados, conservar el patrimonio cultural aragonés, adoptar medidas de reequilibrio y restitución de afecciones, potenciar el desarrollo socio-económico y medioambiental en las zonas en las que se prevean obras de regulación, con una u otra dimensión y capacidad, en justa y equitativa compensación por la carga y el sacrificio en aras de intereses generales, debe ser una divisa de la acción pública y servir de orientación de las políticas públicas de la Administración hidráulica estatal y autonómica y deben tener un carácter informador de la actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la Administración del Estado.

    El presente dictamen sobre el Matarraña persigue un acuerdo global para aunar el máximo consenso posible. Como tal, debe ser entendido como la expresión de la sociedad aragonesa articulada por sus organizaciones sociales y políticas representadas en la Comisión del Agua. En base a ello, el pronunciamiento sobre las conclusiones expuestas al final se basará en los objetivos, criterios y necesidades que se exponen a continuación:

    Este dictamen pretende ser un paso significativo en un sueño que ocupa desde hace ya hace varios años tanto a los agricultores y ganaderos de la zona, representados por el Sindicato Central de Riegos del Matarraña, como a la Plataforma en defensa del Matarraña y que ha contado con el apoyo y aliento de los Ayuntamientos de la zona, la Confederación Hidrográfica del Ebro, el Gobierno de Aragón y la Fundación Ecología y Desarrollo:

    El trabajar todos juntos comprometidos con el río Matarraña. Primero fueron los acuerdos de Fabara en 1.999 y ahora en 2005, quiere ser significativo que en este dictamen conste en sus primeras páginas como declaración de intenciones, una figura que más allá

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    de las conclusiones que en este momento se alcancen, señalen el camino del trabajo y compromiso futuro:

  9. Un acuerdo de río para el Matarraña.

    ·Un acuerdo de río sería, evidentemente dentro del ordenamiento jurídico en materia de agua:

    o Un acuerdo voluntario suscrito por una serie de interlocutores públicos y privados y que compromete a un...

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