Ancient Constitution, Common law y derechos feudales

AutorCésar Rodríguez Orgaz
Páginas787-790

Page 787

The Ancient Constitution and the Feudal Law se dio a la imprenta por primera vez en 1957, casi un decenio después de que J.G.A. Pocock empezara a trabajar en su tesis doctoral, que se convirtió en la versión seminal de lo que llegaría a ser el primer libro publicado del autor. Dirigida por Sir Herbert Butterfield, la tesis tenía por título The Controversy over the Origin of the Commons, 1675-1688. Pocock mismo no ha tenido ningún reparo en señalar que sus investigaciones doctorales están parcialmente en deuda con los trabajos de entonces de Laslett.1 Nos referimos, en primer lugar, a la edición de las obras de Sir Robert Filmer a cargo de este profesor y, unos años después, a su lectura de los Two Treatises of Government, de John Locke.

Tanto el doctorado como la primera edición se escenificaron en la Universidad de Cambridge, en un momento en que nuevas presunciones historiográficas se estaban abriendo paso en medio de un clima dominado por la cultura de las ideologías.

Y es que este libro puede considerarse, avant la lettre, como una profesión de fe de lo que terminaría siendo la doctrina científica del autor, a saber: el contextualismo y la teoría de los lenguajes políticos. Efectivamente, Pocock es, además de historiador, padre del contextualismo (texts in context), una propuesta metodológica en historiografía que invita a analizar el documento histórico desde el punto de vista de su significado en el contexto en que se enmarca.

Page 788

Así, inspirándose en los planteamientos de Peter Laslett, Pocock afirmó que la función consiste en poner de manifiesto los lenguajes políticos (political languages), especie de asociaciones entre mentalidades políticas y discursos retóricos. A cada universo lingüístico le corresponde, entonces, una narrativa política. Tales son los postulados de la así llamada Escuela de Cambridge, integrada por el propio Pocock, John Dunn y Quentin Skinner.

La hermenéutica característica del método de Cambridge insiste en que los testimonios de la historia de las ideas deben >,2 por decirlo con palabras del mismo Pocock. Se trata, pues, de esclarecer el modo como juristas, políticos e historiadores reflexionan en torno a la evolución de la ley. Hablamos de un tratamiento que supera la pura descripción o interpretación de los hechos para adentrarse en el plano más teórico de la epistemología.

Que esto sea así significa que es preciso tomar conciencia de lo estrechamente vinculadas que están la historiografía y la política, lo que se pone de relieve en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR