Análisis del Reglamento del Senado de la Constitución de 1869. Introducción

AutorAscensión Pastor Parres
Cargo del AutorSenadora por la Comunidad Autónoma del País Vasco

ANÁLISIS DEL REGLAMENTO DEL SENADO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869

1. INTRODUCCIÓN

A la hora de adentrarnos en un punto trascendental del presente trabajo como es el análisis y estudio pormenorizado del texto del Reglamento que dispuso el régimen interno del Senado de la época, no podemos obviar una serie de consideraciones más de orden que otra cosa, al efecto de llevar a cabo una correcta interpretación del trabajo que se presenta en las páginas posteriores. No realizaremos, por el contrario, apreciaciones de índole sustantiva, puesto que desarrollaremos todas ellas a propósito del específico tratamiento de los distintos preceptos del texto reglamentario.

En cada uno de los Títulos que integran los bloques en que hemos dividido el citado Reglamento con el fin de facilitar y organizar, siquiera mínimamente, su concreto estudio, diferenciaremos claramente entre el texto definitivo del artículo es cuestión, correspondiente a su versión final de 30 de junio de 1871107, que será presentado en letra cursiva, y el aprobado inicialmente por la Comisión, cuyas diferencias con el texto final se resaltarán en este mismo tipo de letra, presentándose las partes coincidentes, si las hay, con la redacción final, en letra normal108.

De esta forma, es posible apreciar de un vistazo si existen diferencias entre el texto inicial y el finalmente aprobado, así como, de darse éstas, cuál es su tenor literal y en qué partes coinciden las versiones final y originaria, si es que tal coincidencia se produce efectivamente.

Por último, indicar que el texto de las enmiendas propuestas en su caso por los senadores con respecto a la redacción inicial de la Comisión, se presenta en letra normal y entrecomillado, sin utilizar cursiva alguna, con el objeto de que no se produzcan confusiones en relación a las versiones finalmente aprobada, que como hemos señalado irá siempre en letra cursiva, y la inicial de la Comisión, que sólo llevará cursiva en aquellas partes que no hayan sido adoptadas en la versión final de cada precepto concreto.

Tras estas cuestiones de orden que, aún a riesgo de resultar tediosas, consideramos estrictamente necesarias, como hemos dicho con anterioridad, al efecto de facilitar la...

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