Análisis de los problemas de la justicia contemporánea: discursos de apertura del año judicial en el Tribunal Supremo

AutorPablo José Abascal Monedero
Cargo del AutorProfesor Dr. A. de Historia del Derecho Español de la Universidad Pablo de Olavide
Páginas123-155
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3. ANÁLISIS DE LOS PROBLEMAS DE LA JUSTICIA
CONTEMPORÁNEA: DISCURSOS DE APERTURA
DEL AÑO JUDICIAL EN EL TRIBUNAL SUPREMO
En esta parte del libro se analizan los problemas que tiene la justicia es-
pañola de forma temática. Estos problemas son nuevos, como todos los de-
rivados de los ajustes que exigen las nuevas tecnologías de la información
tanto desde un punto de vista de la comisión de delitos como desde el punto
de vista de las comunicaciones judiciales y de la propia organización de los
procedimientos o bien son problemas antiguos que la justicia española arras-
tra de épocas pasadas.
Para la determinación e ilustración de los problemas que se heredan
históricamente, se hacen referencias a unas piezas de la oratoria forense que
han sido poco estudiadas en su conjunto, pero que reflejan perfectamente las
carencias de la justicia en cada momento histórico. Se trata de los discursos
de apertura del año judicial que tienen lugar en el Tribunal Supremo al inicio
del curso judicial 215.
En este sentido el artículo 12 de las Ordenanzas para todas las Audien-
cias de la península e Islas Adyacentes aprobadas por el Real Decreto de 19
de Diciembre de 1835, prescribió que el primer día hábil de cada año, se ce-
lebrase la apertura solemne del Tribunal, reuniéndose sus magistrados, con
215 Para la elaboración de este apartado me he servido de distintas fuentes; los discur-
sos completos de apertura del año judicial que he obtenido en la biblioteca del Ministerio de
Justicia, en la base digital de la Biblioteca Nacional de España, y en bibliotecas universitarias
como la de Universidad de Sevilla. Los discursos los he completado con las informaciones de
cada época que he consultado en la hemeroteca digital de ABC, que comprende ABC de Sevilla
Madrid y Córdoba.
PABLO ABASCAL MONEDERO
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precisa asistencia de todos los subalternos y leídos diferentes capítulos del
Reglamento para la Administración de Justicia, que se dio aquel año, el regen-
te respectivo pronunciaría o leería un discurso sobre la Administración de
Justicia, recomendando a unos y otros el cabal cumplimiento de sus respecti-
vas obligaciones.
Posteriormente la ley de Organización del Poder Judicial de 1870 limi-
tó la solemnidad al Tribunal Supremo de España; dejando libre el tema del
discurso que leería el Ministro de Justicia, como presidente del acto, y en su
ausencia el presidente del Tribunal Supremo o impedido este, el Presidente
de Sala más antiguo.
Desde 1870 hasta 2018 han sido muchos los discursos de solemne aper-
tura de Tribunales, los mismos son de gran interés como fuente de conoci-
miento histórico, al reflejar la realidad de la justicia de cada momento, sus
problemas y las reformas propuestas. Es altamente interesante ver los pun-
tos de vista sobre la justicia existentes en épocas democráticas y autoritarias.
El objeto principal de este acto solemne que es la apertura del año judi-
cial, es exponer a la consideración pública, el resultado de lo acontecido en
los Tribunales durante el año anterior.
Examinando los inconvenientes y ventajas que en la práctica judicial hu-
bieran presentado las leyes con objeto de aconsejar al gobierno y al parla-
mento las reformas que se consideran precisas.
El acto de apertura presidido por el presidente del Tribunal Supremo
Eduardo Martínez del Campo impartido en septiembre de 1902 fue el pri-
mero que se reproduce gráficamente en la prensa. A partir de aquí será una
constante el recoger en los principales diarios en un lugar destacado la cere-
monia, que contará con la intervención en la mayoría de ocasiones del jefe del
estado y principales autoridades de la nación.
Somos de la misma opinión que Aranda 216, autor que ha centrado su es-
tudio en los discursos del último tercio del siglo XIX, cuando dice que los mis-
mos además de aportar soluciones jurídicas a problemas planteados desde la
Administración de Justicia nos indican en el fondo la situación social, econó-
mica o política de España.
Los discursos del último tercio del siglo XIX se centran fundamental-
mente en la necesidad de emprender de forma definitiva la codificación civil
y penal, así como una profunda reforma en la esfera procesal.
216 M. ARANDA MENDÍA. Una Aproximación Semiótica al Pensamiento Jurídico Español
del Siglo XIX a través de los Discursos de Apertura del Tribunal Supremo. (1875-1880)
LA JUSTICIA EN EL REINO DE ESPAÑA
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No se puede dejar de olvidar que estamos ante unos momentos de pro-
fundo cambio en todos los órdenes de la sociedad española, de ahí que este
único acto, cuya parte central es el discurso, debe englobar en su conjunto
toda la realidad que vive el país.
No sobran en los discursos de este periodo referencias a nuestro pasado
jurídico, lográndose con ello certeras apreciaciones que pretenden aportar
soluciones, no solo a los problemas jurídicos planteados sino también como
elemento que ayude a explicar la realidad que vive España en ese momento.
En los discursos del periodo 1900 a 1922 las temáticas son dispares.
El Ministro de Gracia y Justicia Juan Montilla y Adán anunciaba en 1902, la
presentación de varios proyectos de ley referentes a la reforma del Jurado 217,
la creación de una Sala de lo Contencioso en el Tribunal Supremo, la reor-
ganización de la propiedad rústica para evitar que el suelo fecundo y capaz
de prestar su fertilidad al hombre permanezca sin cultivar por la desidia o
el egoísmo de los propietarios y un proyecto de ley relativo a la celebración
del matrimonio, afectando a la edad para contraerlo y lo que refleja el pensa-
miento político del mismo, al afirmar que: “(…) la solución para el problema
de la degeneración de la raza es prohibir los casamientos entre parientes muy
próximos, y entre personas de mala salud o de endeble constitución física(…)”.
Este discurso gustó mucho a la prensa de la época que decía del ministro que
era un joven valiente y elocuente aunque propusiese medidas tan radicales.
El discurso del año 1905 de Joaquín González de la Peña, fue muy criticado
por la prensa de la época, que dijo del mismo, que solo revelaba en el ministro
preocupación por cuestiones insignificantes o de importancia muy relativa, bási-
camente en este discurso no se aborda otro problema que el de reformar la Sala
de lo Contencioso, porque eran muy pocos magistrados los que la componían
para el trabajo que gravitaba sobre ella. El resto del discurso es un desagravio a
los funcionarios judiciales que se sintieron molestos con el discurso que en el año
anterior 1904 había impartido el también ministro Joaquín Sánchez Toca.
217 El Jurado es un tema recurrente en los distintos discursos de apertura del Tribunal
Supremo y también en memorias y conferencias del periodo indicado de 1900 a 1922. En la
Memoria que el fiscal del Tribunal Supremo, Salvador Viada y Vilaseca eleva al Gobierno en
1899 y que aparece Impreso en la imprenta de los hijos de M.G. Hernández hace la siguien-
te afirmación:”(…) Mucho se ha hablado de la repugnancia que en España muestran los ciu-
dadanos a ser Jurados, y es ese un hecho tan patente que hay que admitirlo sin discusión. Al
formarse las primeras listas los que disponen de alguna influencia la emplean para que se les
excluya, y los que, por inadvertencia o desidia, no lo gestionan entonces, acuden después a
otros medios para no desempeñar el cargo, tales como certificaciones de enfermedad, recusa-
ciones, etc. El desamor es tan grande, que hasta aquí venía consignándose invariablemente en
las Memorias que no se había dado un solo caso, o al menos no había de la noticia de que nadie
produjese reclamación por inclusiones o exclusiones indebidas en las listas. (…)”.

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