Ampliación de la delimitación de la ZEPA «Desfiladeros del Río Jalón» (Zaragoza)

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas58-59

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ASUNTO: Ampliación de la delimitación de la ZEPA Desfiladeros del Río Jalón (Zaragoza)

SENTENCIA: STSJ de Aragón de 5 de abril de 2005

RECURRENTE: Asociación Plataforma Jalón Vivo

El Gobierno de Aragón en el año 20015delimitó 38 nuevas Zonas de Espacial Protección de Aves en cumplimiento de la Directiva 79/409/CEE, de 12 de abril, sobre aves que obliga a los Estados miembros a delimitar como zonas de protección especial aquellos espacios en los que habitan especies en peligro de extinción, especies consideradas raras, vulnerables a la modificación de sus hábitats o que requieran una atención particular debido al carácter específico de sus hábitats. Pero una de estas ZEPA, denominada «Desfiladeros del Río Jalón» fue delimitada con una superficie menor de lo debido lo que motivó la correspondiente impugnación de la organización ecologista. Lo que subyacía en el fondo de esta reducción en el ámbito de la ZEPA es el proyecto de construcción del pantano de Mularroya, motivo por el cual el Gobierno de Aragón no quiso incluir en la ZEPA los terrenos que se veían afectados por esta actuación. El TSJ de Aragón falla a favor de los ecologistas aplicando una doctrina ya muy consolidada en lo que se refiere a la obligación de clasificar los terrenos objeto de protección ambiental (en este caso concreto como ZEPA) teniendo en cuenta los valores que existan en el ámbito objeto de ordenación o clasificación, siendo un carácter reglado determinado por lo que se denomina fuerza normativa de lo fáctico, estando obligado el planificador a reconocer los valores ambientales que existen.

El hecho de que vaya a construirse una presa no desvirtúa que estemos en un hábitat con valores ornitológicos que deban ser reconocidos en la declaración como ZEPA por darse los supuestos de hecho establecidos en la Directiva comunitaria. De esta forma, los ecologistas presentan una argumentación científica en la que se destaca que la zona de valor ornitológico es de 23.500 hectáreas, mientras que el Gobierno de Aragón no logra justificar, en base a datos técnicos, porque reduce este ámbito a 16.767, no ofreciendo base científica que justifique esta reducción.

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En efecto, la Comisión europea en el marco de la Directiva 79/409/CEE de aves encargó unos estudios a científicos de toda Europa que dio lugar a los ámbitos IBA (Important Bird Areas) que tienen un peso muy importante a la hora de aplicar esta normativa comunitaria ya que, como destaca la STSJ de...

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