El ámbito del trabajo subordinado y del trabajo autónomo en el derecho de la Unión Europea
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Los temas clásicos del Derecho del Trabajo recobran actualidad en cada momen-
to histórico. La definición de que el trabajo prestado en el ámbito de organi-
zación y dirección de la empresa es un trabajo asalariado que está sometido,
con carácter general, al ordenamiento laboral, ha cobrado interés cada vez que
se pone en juego la aplicación a una determinada categoría de servicios o de
actividades de las normas laborales y de seguridad social que se superponen a
ellas. Los fenómenos ya conocidos de “huida del Derecho del Trabajo” y el elogio
normativo del emprendimiento, con el consiguiente ennoblecimiento del traba-
jo por cuenta propia como base de la recuperación de la iniciativa económica,
caracterizaron la anterior crisis económica. El tema se ha vuelto a plantear, con
inusitada fuerza doctrinal y judicial, respecto de la implantación generalizada
de un modelo de negocio que se basa en la explotación del software y que se ha
organizado con la vista puesta en eludir la aplicación del Derecho del Trabajo.
Estas coordenadas hacen del estudio de Jaime Cabeza un texto de enorme
oportunidad e interés, lo que se acentúa por el enfoque original que propone
que no es sino trazar un recorrido sobre la consideración europea del concepto
de trabajador por cuenta ajena, y consecuentemente, del trabajador autónomo,
y por tanto clarificar el marco de referencia que los ordenamientos nacionales
deben mantener en el plano de las libertades y derechos ejercitables en el ámbito
supranacional europeo. Se trata de enfocar el debate clásico de la línea divisoria
entre trabajo autónomo y trabajo por cuenta ajena “utilizando como principal
fuente de conocimiento y de referencia el Derecho de la Unión Europea”, aunque
lo que sobresale de la obra es el recorrido exhaustivo e impresionante que realiza
sobre la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y las sugerencias y matizaciones
que el autor hace sobre los fallos comentados.
De esta manera, se va describiendo cómo es en el ámbito de la libre circula-
ción de trabajadores donde se desarrolla un concepto amplio, no restrictivo de
trabajador (“cuando un persona realiza, durante un cierto tiempo, en favor de
otra y bajo la dirección de ésta, ciertas prestaciones, por las cuales recibe una
remuneración”), que se traslada al de la no discriminación por sexo y otros
motivos y al de seguridad y salud, maternidad y tiempo de trabajo. El discurso es
menos convergente en materia de condiciones de trabajo, al remitir la Directiva
de garantías en caso de traspaso de empresas, centros de actividad o partes de
EL ÁMBITO DEL TRABAJO SUBORDINADO Y DEL TRABAJO
AUTÓNOMO EN EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA
Jaime Cabeza Pereiro. Editorial Bomarzo, Albacete, 2020. 133 pp.
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