Ámbito de aplicación de la regulación de la administración electrónica

AutorMario Alguacil Sanz - Agustí Cerrillo i Martínez - Sandra González Aguilera - M. Ascensión Moro Cordero
Páginas59-60

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La LPACAP y la LRJSP han ampliado el ámbito subjetivo de aplicación de la normativa básica de régimen jurídico. De hecho, con su entrada en vigor, el

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ámbito de aplicación no se limita a las Administraciones públicas, sino que se extiende al sector público definido de manera diferente a como lo hacen otras leyes como, por ejemplo, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público o la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

En particular, de acuerdo con la LPACAP y LRJSP, el sector público está configurado por:

· La Administración General del Estado.

· Las Administraciones de las comunidades autónomas.

· Las entidades que integran la Administración local.

· El sector público institucional integrado por:

- Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones públicas.

- Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de estas leyes que específicamente se refieran a ellas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas.

- Las universidades públicas, que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de esta Ley.

De todos modos, es importante tener en cuenta que las disposiciones relativas a la administración electrónica son aplicables exclusivamente a las Administraciones públicas. En particular, de las entidades anteriores, únicamente tienen...

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