El alcalde solicita la cancelacion de una declaracion de obra nueva tras la notificacion del registrador

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas146-146

Page 146

Se debate en este expediente la solicitud de cancelación de un asiento de inscripción de obra nueva terminada, solicitud que lleva a cabo el alcalde-presidente de una localidad a raíz de que se le haya notificado por el registrador de la Propiedad la práctica de dicho asiento de conformidad con lo previsto en el artículo 54 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio.

El registrador rechaza la cancelación solicitada y la DGRN confirma su criterio y desestima el recurso, pues "una vez practicado un asiento el mismo se encuentra bajo la salvaguardia de los tribunales produciendo todos sus efectos en tanto no se declare su inexactitud bien por la parte interesada, bien por los tribunales de Justicia de acuerdo con los procedimientos legalmente establecidos (artículos 1, 38, 40 y 82 de la Ley Hipotecaria)."

Dice que "no procede por tanto entrar en la extensa argumentación del registrador en su nota para justificar la válida práctica en su día...

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