Albaladejo, Manuel: Derecho civil

AutorDavid García Victoria
Páginas425-439

Albaladejo, Manuel: Derecho civil. Librería Bosch, Barcelona, 1970, volumen 1: 700 págs., volumen II: 364 págs.

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Sobre la base de la inexistencia de unos cánones fijosi a los que deba ajustarse toda recensión de una obra, entendemos que son cuatro las cuestiones fundamentales a tratar: Semblanza del autor, estructura sistemática, de su obra, contenido de la misma, y juicio crítico que merece al que la comenta.

Ciñéndonos a este esquema mental, desarrollaremos sucesivamente cada uno de estos apartados.

I -el autor:

La personalidad del profesor Albaladejo, catedrático de Derecho civil en la Universidad de Madrid y uno de nuestros más destacados publicistas, es suficientemente conocida para requerir presentación.

II -Estructura:

La obra que comentamos consta de dos volúmenes:

El primero lleva por título «Introducción y Parte General» y el segundo «Derecho de Obligaciones» (Parte general).

El volumen primero, como su rúbrica indica, está dividido en dos partes: «Introducción», en la que se estudia el Derecho civil objetivo, y «Parte general», que lo hace con la persona, la relación jurídica, el objeto, y los hechos jurídicos.

El volumen segundo contiene, a su vez, dos partes: La primera, dedicada a la Obligación en general, y la segunda, a las distintas fuentes de obligaciones en particular.

Dentro de cada volumen las materias se ordenan en capítulos, secciones y subsecciones.

III-contenido:

VOLUMEN I. INTRODUCCIÓN Y PARTE GENERAL

INTRODUCCIÓN: DERECHO CIVIL OBJETIVO

Capítulo vrimero: El Derecho civil. Comienza el Profesor Albaladejo con una referencia al Derecho Natural, base e inspiración del Derecho positivo, concebido éste como el conjunto de reglas o normas jurídicas positivas por el que se rige una comunidad. Pasa a continuación al es-Page 426ludio de la norma jurídica, sus caracteres y clases (destaquemos en esta materia que, al tratar de las normas «excepcionales», se muestra partidario -con apoyo de argumentos legales y jurisprudenciales- de su interpretación extensiva, aunque no de la aplicación analógica), y concluye con la clásica distinción entre Derecho público y privado, si bien apunta la posible existencia de normas constitutivas de un tertium venus como las que integran el Derecho de Trabajo.

En sección aparte, se ocupa del concepto del Derecho civil, entendido éste -adscribiéndose a las fórmulas sintéticas- como derecho privado general. Justifica la...

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