Administrativo

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1. Legislación

[España]

Régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías

Real Decreto-ley 4/2017, de 24 de febrero, por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, recaída en el asunto C-576/13 -procedimiento de infracción 2009/4052- (BOE de 25 de febrero de 2017)

El Consejo de Ministros ha aprobado, con fecha 24 de febrero de 2017, un Real Decreto-ley por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías, dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 11 de diciembre de 2014, recaída en el asunto C-576/13 (procedimiento de infracción 2009/4052).

El principal objetivo del Real Decreto-ley es eliminar las restricciones a la libertad de establecimiento de las empresas en este sector. Traslada la modificación legal que tiene que llevar a cabo el Gobierno para que las empresas no tengan que participar obligatoriamente del capital de las SAGEB, sociedades de gestión de trabajadores portuarios.

Régimen de restitución de bienes culturales que, encontrándose en el territorio de un Estado miembro de la UE, hubieran salido ilegalmente del territorio español

Ley 1/2017, de 18 de abril, sobre restitución de bienes culturales que hayan salido de forma ilegal del territorio español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, por la que se incorpora al ordenamiento español la Directiva 2014/60/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 -«Ley 1/2017»- (BOE de 18 de abril de 2017)

La Ley 1/2017 establece el nuevo régimen jurídico sobre la restitución de bienes culturales ilegalmente salidos del territorio español -que estaba regulado anteriormente en la Directiva 93/7/CEE de 15 de marzo y en la Ley 36/1994 de 23 de diciembre- mediante la incorporación de las novedades introducidas en esta materia por la Directiva 2014/60/UE de 15 de mayo de 2014 («Directiva 2014/60/UE»).

Ante las carencias de la regulación anterior para obtener la efectiva restitución de bienes culturales, la Directiva 2014/60/UE y la Ley 1/2017 introducen una serie de reformas dirigidas a facilitar las labores de cooperación y consulta entre las autoridades nacionales con competencia en esta materia.

En síntesis, las principales novedades son las siguientes: (i) se elimina la categorización de los bienes culturales objeto de restitución, en la medida en que obstaculizaba la aplicación de la normativa sobre restitución de bienes culturales; (ii) se incluye un módulo específicamente diseñado para bienes culturales en el Sistema de Información de Mercado Interior, con vistas a una

* Esta sección ha sido coordinada por Javier Abril, y ha sido elaborada en su parte portuguesa por Joao Louro e Costa y Luís Soares de Sousa, abogados del Área de Derecho Público, Procesal y Arbitraje de Uría Menéndez (Madrid y Lisboa).

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aplicación uniforme de la Directiva 2017/60/UE; (iii) se designa a la Secretaría de Estado de Cultura -o al órgano superior de la Administración General del Estado que en cada momento ejerza las competencias en materia de patrimonio histórico- como autoridad central a los efectos de la aplicación de la Ley 1/2017; (iv) el plazo para verificar si un determinado bien descubierto en otro Estado miembro cumple con los elementos de bien cultural establecidos en la Directiva 2014/60/UE se amplía a seis meses; y (v) el plazo para ejercer la acción de restitución se amplía a 3 años desde la fecha en la que el Estado miembro, de cuyo territorio salió ilegalmente el bien cultural, tuvo conocimiento del lugar en el que se encontraba el bien y de la identidad de su poseedor.

Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público

Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público (BOCG, 5 de septiembre de 2017)

El Senado publicó, con fecha 7 de septiembre de 2017, el texto del Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público por el que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE, remitido por el Congreso de los Diputados, y declaró su tramitación por el procedimiento de urgencia fijando un plazo improrrogable para la presentación enmiendas y propuestas de veto, que finalizaría el 13 de septiembre de 2017.

[Portugal]

Regime Jurídico das Entidades Afetas à Rede de Prestação de Cuidados de Saúde

Decreto-Lei n.º 18/2007, de 10 de fevereiro (DR 30, SÉRIE I, de 10 de fevereiro de 2017)

O Decreto-Lei n.º 18/2007, de 10 de fevereiro, concentra num único diploma o regime jurídico das entidades que integram o Serviço Nacional de Saúde («SNS») afetas à rede de prestação de cuidados de saúde, bem como a aprovação das especificidades estatutárias daquelas entidades.

Tendo em vista a melhor articulação entre os diferentes níveis de cuidados, e a necessidade de gerar ganhos de eficácia e eficiência no sistema, o presente diploma constitui um instrumento para o relançamento do SNS. Entre as principais alterações face ao regime aplicável anterior-mente destaca-se (i) a integração, no conselho de administração de cada uma das referidas entidades, de um elemento proposto pelo membro do Governo responsável pela área das finanças; (ii) no caso das unidades locais de saúde, a integração de um vogal proposto pela respetiva Comunidade Intermunicipal, ou pela área Metropolitana, no conselho de administração; e (iii) os processos com o objetivo de nomear diretores de serviço deverão ser alvo de aviso público.

Neste diploma, entre outros, são estabelecidos os princípios específicos que devem ser cumpridos pelas entidades pertencentes ao SNS na prestação de cuidados de saúde, são definidas as competências da tutela setorial e financeira e é ainda regulado o enquadramento legal aplicável aos trabalhadores das Entidades Públicas Empresariais integradas no SNS.

O presente diploma produz efeitos desde 1 de janeiro de 2017.

Produtores de Energia em Regime Especial -Reposição de Acumulação Indevida

Portaria n.º 69/2017, de 16 de fevereiro (DR 34, SÉRIE I, de 16 de fevereiro de 2017)

A Portaria n.º 69/2017, de 16 de fevereiro, surge como forma de confirmação e reforço do preceituado na Portaria n.º 268-B/2016, de 13 de Outubro de 2016, que é, desta forma, revogada.

Segundo este diploma, os valores recebidos em excesso...

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