La administración electrónica y los servicios públicos digitales al albor de los progresos de la unión europea y el 'Horizonte Europa 2020'. Su relación con las Leyes 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 40/2015, de régimen jurídico del sector público

AutorAntonio David Berning Prieto
Cargo del AutorInvestigador del Departamento de Derecho Público. Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Páginas17-47

Page 17

I La relevancia actual de los servicios públicos digitales

No se podría entender una sociedad como la actual si no se la examina desde el prisma de lo digital, toda vez que la irrupción de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos han sido y continúan siendo importantes fuerzas motrices tanto en todos los estratos sociales como en los diversos sectores públicos institucionales.

Como airmó Castells (2004), la tecnología no determina a la sociedad, pero es ésta la que deine el curso de la transformación tecnológica, sin que sea posible comprender a la sociedad actual sin tener en cuenta los instrumentos tecnológicos. Y no le faltaba razón, puesto que, como se verá, no sólo las propuestas procedentes de instituciones europeas deben ser tenidas en cuenta por las Administraciones Públicas de los distintos Estados miembros (también EEMM, en adelante) de la Unión, sino que las propias necesidades sociales, poco consideradas hasta la fecha en relación con su necesaria retroalimentación, deberán deter-minar una ruptura con el paradigma actual para conseguir así una efectiva interactuación sociedad-Administraciones Públicas.

El tradicional tratamiento conferido a los servicios públicos cambia, en este nuevo escenario, de paradigma. Y es que la prestación de servicios públicos en el territorio de la Unión lo exigen no ya ciudadanos, empresas o Administraciones Públicas, sino la propia realización de las políticas comunitarias, teniendo en cuenta que es la única forma de hacerlo, al carecer la Unión competencias en materia de Administración Pública. Tales políticas comunitarias lo son tanto de mercado interior (englobando la libertad de circulación de bienes, servicios, personas y

Page 18

capitales) como de justicia, libertad y seguridad. Ya no se trata únicamente de prestar un servicio público determinado a nacionales de un EM por parte de sus organismos públicos, sino que en ocasiones los ciudadanos europeos están facultados para exigirlo respecto de Administraciones Públicas de otros Estados miembros de la Unión o incluso son éstas las que, para la correcta prestación de un servicio público, requieren la intervención o colaboración de un Administración de otro EM, lo cual hace que razones de eiciencia y eicacia prácticamente obliguen a su prestación de forma electrónica, si no se quiere incurrir en demoras y situaciones poco deseables.

Es este el momento en que aparecen en escena elementos inherentes a la propia tecnología y a la necesaria seguridad jurídica que debe garantizarse, en forma de obstáculos (puesto que se trata de una cuestión eminentemente nacional o interna), debido a los cuales no será posible su prestación por vía telemática, por ejemplo, si no se dispone de una herramienta electrónica iable que permita garantizar que el ciudadano solicitante de un servicio público es él, y no otro, con el uso en este caso de la irma electrónica u otras formas menos seguras como PIN24h, en los casos en que las exigencias de seguridad puedan reducirse en aras de permitir un mayor nivel de acceso por parte de los ciudadanos menos familiarizados con las nuevas tecnologías, lo cual diiculta e incluso impide el acceso a los mismos. Por tanto, tales obstáculos deberán ser eliminados o reducidos al máximo para lograr una correcta prestación de los servicios públicos a nivel transfronterizo.

Hablar de servicios públicos digitales hace ampliar su ámbito de aplicación de forma desorbitada, pues comprende sectores como la educación (con la introducción de las tecnologías de la información y las comunicaciones -las TIC- en las aulas, la utilización de plataformas virtuales e-learning), sanidad o e-Health (incluyendo aspectos cruciales como el historial clínico electrónico, la receta electrónica o la posibilidad de consultar todos estos datos desde cualquier lugar, independientemente de su ubicación geográica, así como la necesaria interoperabilidad entre Administraciones Públicas sanitarias para hacerlo posible), justicia (expediente judicial electrónico, notiicaciones procesales electrónicas) o ciudades inteligentes (automatización de procesos y sistemas, control de la circulación -incluyendo por ejemplo la apertura y cierre de la circulación en función de valores medioambientales-), sin haber agotado exhaustivamente todas las posibilidades dada su exorbitante amplitud, por lo que de ello se desprende que los distintos ámbitos sectoriales en que resulta de gran interés la regulación de la Administración electrónica son numerosos.

Los servicios públicos europeos son servicios de esta naturaleza que deben prestarse de forma transfronteriza entre Administraciones Públicas, ciudadanos y empresas europeas, mediante un acceso sin límites end-to-end, esto es, sin intermediarios, ni fronteras digitales.

Por todo ello, el e-Government stricto sensu adquiere una importancia capital en las nuevas tendencias europeas y, por ende, también nacionales de todos los Estados miembros de la Unión, siendo importante que todas las Administraciones Públicas se involucren en el proceso de cambio, para conseguir así una verdadera mejora en la prestación de servicios públicos a los ciudadanos europeos. Hacerlo de forma independiente por cada Estado miembro no llevaría a resultados positivos, por lo que la forma más adecuada de conseguir una

Page 19

actuación integral coordinada es a través de políticas comunitarias orientadas a la prestación de servicios públicos transfronterizos y al desarrollo de soluciones tecnológicas que reviertan en beneicio común de todos los Estados miembros. Por este motivo, se ha adoptado por parte de la Unión el e-Government Action Plan 2016-2020, el cual plantea serios retos, como se verá, y cuya consecución propiciará un verdadero cambio de paradigma en las relaciones de los ciudadanos y empresas con las Administraciones Públicas y en la satisfacción de aquéllos como verdaderos beneiciarios o destinatarios de los servicios públicos.

Y es que no puede ser de otra forma, puesto que los servicios públicos en Europa son muy amplios y se prestan prácticamente en todos los sectores: agricultura y pesca, consumidores y usuarios, servicios estadísticos, cooperación judicial, publicaciones oiciales, educación, cultura, transporte, medio ambiente, servicios de interés económico general, etc., y las Administraciones Públicas son las encargadas de su prestación, por lo que se torna necesario articularla de la forma más eiciente y sostenible posible en beneicio de los ciudadanos, empresas y de la propia Administración, la cual también se beneicia de ello.

II Estado actual de España en el mercado digital y en administración electrónica

Tras las experiencias previas de los programas IDA1, IDA II2, IDABC3, ISA4y el actual-mente vigente ISA25, las prioridades de la Agenda Digital Horizonte 2020 en materia de

Page 20

Administración Electrónica y Servicios Públicos Digitales (SPD) gozan, a efectos de control, de la herramienta en línea denominada Digital Economy and Society Index (DESI), esto es, el Índice de Economía y Sociedad Digital, que se erige como herramienta de medición del progreso de los distintos Estados miembros en la economía y sociedad digital, lo cual permite clasiicar a los Estados miembros en función de su grado de avance, sus progresos y compararlos con el resto.

El índice se basa en una serie de indicadores6que facilitan una visión global del progreso que cada Estado haya conseguido en este ámbito digital (con carácter general), a saber:

  1. Conectividad

    Mide la capacidad de los ciudadanos para conectarse a internet con una conexión de alta velocidad, pues se estima que es necesaria una infraestructura de telecomunicaciones potente que permita mejores velocidades. Se valora mediante este índice la existencia de banda ancha7ija, móvil, disponibilidad de alta velocidad de conexión y asequibilidad de la misma.

    En este apartado, España se encuentra en el 19.º puesto, goza de una puntuación de 0,541 sobre 1 punto, siendo la máxima obtenida por los Países Bajos, con un score de 0,806, y por tanto también por debajo de la media europea, que se sitúa en torno al 0,5918.

  2. Capital humano

    Supone la concurrencia de habilidades humanas en la sociedad, apropiadas para aprovechar al máximo las ventajas de internet, tanto de carácter básico como avanzado, de forma que se permita aumentar la productividad nacional y el crecimiento económico digital.

    En este apartado España vuelve a ocupar la 19.º posición, con 0,557 puntos sobre 1, por debajo de la media europea (0,591), ocupando el primer puesto Finlandia con 0,868 puntos9.

  3. Uso de internet

    Este indicador mide las actividades en línea llevadas a cabo por la sociedad, desde el consumo de contenidos (noticias, música, películas, juegos) hasta comunicación (video-conferencias, redes sociales) o comercio electrónico (transacciones bancarias y compras fundamentalmente).

    Page 21

    En este caso España ocupa una peor posición, ocupando el 22.º puesto con 0,415 puntos sobre 1, situándose la media europea en 0,453 y siendo Noruega estandarte con 0,667...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR