Acuerdo transaccional homologado judicialmente. Convenio regulador

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Hechos:

Se presenta en el Registro un certificado judicial, comprensivo de una sentencia por la que se aprueba el acuerdo privado celebrado por las partes, ratificado en presencia judicial, relativo a una liquidación del haber y el pasivo ganancial de unos esposos, adjudicando lotes compuestos de ambas partidas a cada uno de ellos.

Con anterioridad, en 2007, se dictó sentencia de separación de mutuo acuerdo entre los mismos interesados, de la que resultó la aprobación del convenio regulador de sus efectos, con excepción de la cláusula séptima del mismo, relativa a la liquidación de la sociedad conyugal habida entre los cónyuges, por defectos en su confección, debiendo la misma comprender la formalización de un activo y pasivo con sus elementos integrantes, y procediendo a la adjudicación de lotes detallados y específicos de ambas partidas.

Por ello se presenta el primero de los documentos -en unión del segundo como titulación complementaria- pero sin que de dicha documentación resulte relación procesal o causal alguna entre ambos procesos.

El registrador suspende la inscripción al considerar que dicho reparto obedece a un acuerdo extrajudicial ordinario de división de una comunidad, debiendo la misma ser elevada a escritura pública.

Por su parte el recurrente alega la doctrina de la DGRN, por la que la sentencia que aprueba el convenio regulador que liquida la sociedad de gananciales es inscribible siempre que haya sido aprobado por la sentencia que acuerda la nulidad, separación o el divorcio.

Decisión:

La Dirección General desestima el recurso y confirma la nota de calificación del registrador, considerando que en este recuro se ha de estudiar la naturaleza del documento objeto de presentación, a los efectos de poder considerarlo como:

  1. Parte del convenio regulador de los efectos de la nulidad, separación o divorcio,

  2. O bien encuadrarlo como un acto de liquidación del haber conyugal ajeno al mismo, debiendo someterse a las reglas generales de titulación formal plasmadas en nuestra legislación.

Así, el convenio regulador es considerado como negocio jurídico propio y específico que goza de una aptitud privilegiada a los efectos...

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