Acuerdo de aumento del capital social de una sociedad de responsabilidad limitada realizado en parte con cargo a reservas. RDGRN 18-12-2010

AutorFernando García
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Descripción de la situación: Una sociedad de responsabilidad limitada presenta, entre otra, la siguiente información financiera (en euros):

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La sociedad pretende ampliar capital social por importe de 361.268,08€, mediante la creación de 6.011 nuevas participaciones sociales, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas. El contravalor del aumento se compondría de:

- Aportaciones dinerarias: 209.933,36 €

- Reservas voluntarias 151.334,72 €

Se produce la negativa de una Registradora Mercantil a inscribir la escritura de aumento del capital social, señalando que al existir pérdidas en el balance no es posible ampliar capital sino por la diferencia entre las reservas y aquéllas.

Esta negativa motivó que la sociedad interpusiera un recurso contra la negativa de la Registradora Mercantil a la escritura de aumento del capital social de la citada entidad, señalando que la existencia de pérdidas sólo se había considerado obstáculo para proceder a un aumento de capital con cargo a reservas en el caso de sociedades anónimas, no así de sociedades de responsabilidad limitada.

Posteriormente la DGRN desestima, en su RDGRN 18-12-10, el recurso de la sociedad y mantiene el criterio de la Registradora Mercantil, basándose en la siguiente normativa:

- LSL: Arts. 19, 20, 73, 74 y 84

- LSA: Art. 213

- Reglamento del Registro Mercantil: Art. 199

- Plan General de Contabilidad aprobado por el Decreto 1514/2007: Tercera y Cuarta Parte.

- STS de 28-05-90.

- Resoluciones de la DGRN de 24-09-99, de 18-10-02 y de 9-04-05.

Opinión de la Resolución

Estamos de acuerdo con esta Resolución (RDGRN 18/12/10), porque la operación pretendida por la sociedad supondría un incremento del capital social escriturado, sin existir un incremento de los activos indisponibles de la sociedad.

Tanto el capital social como todas las reservas de una sociedad son conceptos que integran el patrimonio neto de la empresa, tal y como queda definido en la Primera Parte (Marco Conceptual) del Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007:

-Patrimonio neto: constituye la parte residual de los activos de la empresa, una vez deducidos todos sus pasivos. Incluye las aportaciones realizadas, ya sea en el momento de su constitución o en otros posteriores, por sus socios o propietarios, que no tengan la consideración

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de pasivos, así como los resultados acumulados u otras variaciones que le afecten.?

El aumento de capital con cargo a reservas...

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