Actualización de los topes mínimos y bases máximas de cotización para el ejercicio 2017. Orden ESS/106/2017

AutorVíctor Santa-Bárbara Rupérez
CargoDirector Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Barcelona

La existencia de presupuestos prorrogados, no limita la actualización de las normas de cotización, en lo que se refiere a los topes máximos y las bases mínimas de cotización, ya que lo que se estaría modificando es el estado de ingresos, y no los gastos públicos.

Por eso se aprobó el Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y medidas urgentes en materia social.

Entre las medidas de carácter social que se incorporan en el articulado del Real decreto, los artículos 9 y 10 se refieren, respectivamente, a la actualización del tope máximo y de las bases mínimas de cotización en el sistema de la Seguridad Social y a los incrementos futuros del tope máximo y de las bases mínimas de cotización y del límite máximo de las pensiones del sistema de la Seguridad Social.

Con la finalidad de no contribuir al aumento del déficit de la Seguridad Social, y de esta forma aumentar su viabilidad económica, y en virtud del artículo 2.1. del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, se hacía necesaria la actualización, para el ejercicio 2017, de las cuantías y topes indicados.

Como continuación del Real Decreto-Ley 3/2016, en el Boletín Oficial del Estado de 11 de febrero, se publica la Orden ESS/106/2017 por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2017.

Como apreciaciones prácticas del análisis conjunto de esta normativa, hay señalar los siguientes elementos.

- Para el régimen general y regímenes asimilados, no se modifican los tipos de cotización en los mimos importes que los establecidos para el ejercicio 2016.

- Se aumenta en un 3% el importe de las bases máximas (3.751´20 euros) de cotización para el régimen general y los regimenes asimilados.

- Las bases mínimas en el régimen general y regímenes asimilados, se aumenta con el salario mínimo...

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